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Cumplimos

Diputados aprueban establecer los 30 años de edad como plazo de prescripción de delitos sexuales en menores de edad

13 octubre, 2020 - Prensa

· Ampliar tiempo para que víctimas denuncien delito durante su infancia o adolescencia, permitirá que puedan exigir justicia: David Bautista

· Se trata de acabar con la impunidad de los autores materiales que se ven beneficiados por el simple paso del tiempo: Lorena Villavicencio

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, con 353 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, el proyecto de dictamen por el que se reforman los artículos 107 Bis y 205 Bis del Código Penal Federal, en materia de prescripción de delitos sexuales en contra de personas menores de edad.

Al respecto, se establece los 30 años de edad como el momento en el que comience a correr el plazo de prescripción de los delitos sexuales en contra de menores de edad, dependiendo del delito que se trate puede existir un mínimo de 3 años y un máximo de 15, es decir que la víctima tenga desde 33 hasta 45 años cumplidos.

Con estas reformas, los diputados de Morena señalaron que con estas reformas se fortalece la cultura de la denuncia, a efecto de que caiga todo el peso de la ley contra los delincuentes, evitando se sustraiga la acción de la justicia con el transcurso del tiempo y se asegure el acceso de las víctimas a la justicia.

Desde tribuna, el diputado David Bautista Rivera puntualizó que el dictamen contiene diversas modificaciones al Código Penal Federal en materia de prescripción de delitos en contra del libre desarrollo de la personalidad, como lo son la corrupción, la pornografía, el turismo sexual, el lenocinio, la trata de personas y la pederastia cometidos en contra de personas menores de edad.

Argumentó que fundamentalmente se busca establecer que para la prescripción de estos delitos, el cómputo de los plazos comenzará a partir del día siguiente al que la víctima cumpla 30 años, en el entendido que diversos estudios internacionales señalan que la mayoría de las víctimas de abuso sexual infantil denuncian el delito entre los 30 y los 40 años.

“De ahí que al ampliar el tiempo para que las víctimas denuncien el delito del que fueron objeto durante su infancia o adolescencia, permita que puedan exigir justicia con la fortaleza psicoemocional y los recursos inherentes a la adultez para hacer valer sus derechos”, apuntó.

En segundo lugar, añadió, el dictamen fortalece el marco normativo al incorporar conductas lascivas cometidas en contra de menores de edad al catálogo de delitos, los cuales no prescriben su sucesión. La pornografía, el turismo sexual y los actos sexuales reales o simulados con personas menores de edad, así como la pederastia, no volverán a quedar impunes en este país.

A su vez la diputada Lorena Villavicencio Ayala mencionó que el dictamen hace imprescriptibles los delitos sexuales de pornografía infantil, turismo sexual infantil y pederastia, cometidos en contra de menores de 18 años que no tienen capacidad para comprender el significado de un hecho o que no tienen la capacidad para resistirlos.

“Se trata de acabar con la impunidad de los autores materiales que actualmente se ven beneficiados por el simple paso del tiempo, escudándose en que los menores no tiene capacidad para solicitar protección y seguridad ante las instituciones para defender su integridad”, externó.

Villavicencio Ayala subrayó que la iniciativa hace efectivo el principio rector del interés superior de la niñez sobre el derecho a una vida libre de violencia y se reconoce a la niñez como titular del derecho de acceso a la justicia para hacerlo efectivo en el momento en que se encuentra en capacidad de exigirlo.

“El Poder Legislativo da con esta iniciativa una respuesta de Estado a través de acciones especiales y políticas criminales direccionadas y específicas, reconociendo la importancia de que las niñas y niños deben vivir en un ambiente libre de violencia y armonía, dependiendo de la etapa en que se encuentre”, sostuvo.

Por su parte la legisladora Nayeli Arlen Fernández Cruz indicó que los delitos sexuales contra menores de edad, provocan repercusiones profundas en la salud emocional, pues se trata de personas que no han terminado de desarrollar su personalidad y que no cuentan con la resiliencia para enfrentar un acto tan deleznable como éste.

En este sentido, aseguró que la modificación del momento en el cual comenzará a contarse el plazo para la prescripción de los delitos sexuales contra menores de edad, “permite saldar al menos, una parte de la deuda que como estado tenemos con las víctimas por no protegerlos”.

La presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados remitió el proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 107 Bis y 205 Bis del Código Penal Federal, en materia de prescripción de delitos sexuales en contra de personas menores de edad, al Senado de la República para sus efectos constitucionales.


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