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Cumplimos

AVANZA EN LA COMISIÓN DE ENERGÍA REFORMA A TRANSITORIO DE LA LEY DE HIDROCARBUROS EN MATERIA DE EQUIDAD DE MERCADO

20 abril, 2021 - Prensa

·         Como está establecido, el transitorio permite medidas de regulación asimétrica que sujetan a Pemex a desventajas en la competencia.

Integrantes de la Comisión de Energía avalaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, en materia de equidad en el mercado.

El órgano legislativo que preside el diputado Manuel Rodríguez González aprobó con 25 votos a favor, la reforma al artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.

Rodríguez González apuntó que se modifica un transitorio que fue establecido porque se estaba creando un mercado de hidrocarburos para comercialización, para la venta de petrolíferos, de petroquímicos, pero que después de varios años notamos que ya existe ese mercado.

Agregó que para crear ese mercado se dictaron medidas reglamentarias asimétricas en contra de Pemex. “Es decir, estaba en desventaja Pemex con los demás competidores de la iniciativa privada, pero ahorita que ya existe ese mercado tenemos que regresarle esas condiciones de equidad a Pemex para que participe”.

Resaltó que no se trata de la sustancia de la Ley de Hidrocarburos, sino de un transitorio que en su momento tuvo cierta vigencia.

El diputado de Morena señaló que al seguir vigente el este artículo transitorio, continúan vigentes diversas medidas de regulación asimétrica que sujetan a Pemex a desventajas en la competencia.

En la reunión de la Comisión desarrollada de forma semipresencial, el diputado Manuel Rodríguez González apuntó que el Décimo Tercero Transitorio queda de la siguiente manera:

Al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, se deja sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios.

La enajenación que realicen Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias, o una persona moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la presente Ley y sus Reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma.

A favor de esta modificación se expresaron los diputados de Morena, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, María de los Ángeles Huerta del Río y César Agustín Hernández Pérez. El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos conducentes.

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