LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA DIPUTADA LIDIA PÉREZ BARCENAS, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA HABLAR EN PRO DE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO

7 septiembre, 2021 - Prensa

DIPUTADA LIDIA PÉREZ BARCENAS (LPB). Estimadas diputadas y diputados, la ley que hoy se discute descansa en el principio democrático de la soberanía del pueblo y del reconocimiento de los derechos fundamentales emanados de nuestra Constitución Política.

Para regenerar la vida del país, Morena se propuso un conjunto de cambios normativos con objeto de mejorar la calidad de nuestra democracia y el funcionamiento de sus instituciones. La figura de revocación de mandato como un ejercicio de democracia participativa y rendición de cuentas formó parte de su plataforma de gobierno y de su agenda legislativa desde que obtuvo el registro como partido político nacional.

El 10 de septiembre de 2015, Morena presentó en esta Cámara una iniciativa de reforma a la Constitución en la que sostuvo que la revocación del mandato se erigía como una institución democrática fundamental y no solo como un mecanismo procedimental para separar y reemplazar a un servidor público de su encargo, sino como una garantía de participación directa.

Esa vocación democrática se mantuvo en la agenda legislativa de Morena en la legislatura que recién concluye que se fijó dos objetivos estratégicos en materia de instrumentos de democracia participativa: hacer realidad la consulta popular, plasmada en nuestra Constitución desde el 2012 e introducir en nuestro máximo ordenamiento la figura de revocación de mandato, para dar este nuevo impulso transformador se tuvo que configurar en el Congreso de la Unión y en las legislaturas estatales una nueva mayoría democrática en 2018 que consiguió reunir las voluntades necesarias para reformar la Constitución un año después.

Vale decir, que el constituyente permanente adolecía de un retraso de esta importante materia en virtud de que al pronunciarse la reforma 31 entidades federativas ya habían incorporado en sus Constituciones la figura de revocación de mandato, en ese mismo sentido nuestro país tenía un déficit democrático comparado con países de la región que ya contaban con esta figura y han realizado consultas de dicha naturaleza como parte de su normatividad, de su normalidad democrática.

Al momento de expedirse la reforma, el Congreso tenía 180 días para expedir la ley reglamentaria, no obstante que se hicieron importantes esfuerzos para emitirla, incluso en sesiones extraordinarias no fue posible, se impuso el regateo y el cálculo político de las fuerzas que en todo ven una amenaza a sus intereses.

Esta ley no puede esperar más, será altamente benéfica para nuestra democracia en construcción. Nosotros no le tenemos miedo al veredicto del pueblo sobre el desempeño del presidente de la República: el pueblo pone y el pueblo quita.

En términos teóricos, esta figura reconoce a los ciudadanos como fuente de soberanía popular e incentiva la responsabilidad de quienes fueron electos, los estimula a cumplir sus compromisos.

En términos políticos les otorga a los ciudadanos un poderoso instrumento de control sobre quienes los gobiernan. Nada de esto sucedía antes, los mexicanos teníamos que soportar por seis años el mal desempeño de los presidentes en turno.

Como se establece en el articulado del proyecto, la ley tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho público de la ciudadanía a solicitar participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República mediante sufragio universal libre, secreto, directo, personal e intransferible.

Además, define con precisión que el proceso de revocación del mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del encargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la confianza.

La minuta del Senado establece un procedimiento ágil para solicitar la revocación y emitir la convocatoria. Asimismo, no deja lugar a dudas sobre la pregunta a formular.

Entre otras disposiciones relevantes, en beneficio de la transparencia y la rendición de cuentas dispone que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato sin utilizar recursos públicos o privados obtenidos para la realización de sus actividades ordinarias permanentes.

Un asunto crucial para el éxito del procedimiento de revocación del mandato es que la ley a discusión establece que el INE deberá habilitar la misma cantidad de casillas que fueron determinadas para la jornada electoral anterior, disposición más que necesaria para superar los obstáculos que tuvimos en la primera consulta popular.

Señoras y señores legisladores, como lo escribe Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, en su presente obra A la mitad del camino, con la revocación de mandato, en lo sucesivo, nadie podrá confiar en que fue electo por seis años y aunque se porte mal y el pueblo lo rechace, se le tiene que soportar hasta el fin de su periodo con todo el daño que pueda causar a la vida pública.

Nadie, en ningún nivel de la escala social, económica o política se podrá sentir todo poderoso y dueño de un poder absoluto. Este es el significado profundo de la ley que hoy aprobamos. Es cuanto.


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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