LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Salma Luévano propone elevar a rango constitucional la inclusión de grupos en situación de vulnerabilidad para todos los cargos de elección popular

19 septiembre, 2021 - Prensa

  • “Las acciones afirmativas tienen como objetivo fundamental alcanzar la representación común a un nivel de participación más equilibrada entre los distintos grupos”, puntualizó la legisladora.

En el marco de que la actual LXV Legislatura reconoce la inclusión, la diversidad y la paridad, la diputada Salma Luévano Luna presentó una iniciativa que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que grupos en situación de vulnerabilidad tengan un acceso real y efectivo a cargos de elección popular.

La integrante del Grupo Parlamentario de Morena afirmó que la 65 Legislatura “es la primera legislatura de la  inclusión” con seis diputaciones afromexicanas, ocho con discapacidad, cuatro de la diversidad y diez migrantes; “un total de 28 personas que por primera vez accedemos por la vía de las cuotas y por supuesto las 37 curules de las personas indígenas”.

“Se marcó el precedente, las cuotas arcoíris dentro del grupo en situación de vulnerabilidad. Ahora tenemos una voz sin intermediarios”, expresó.

La legisladora señaló que con una resolución progresista a la norma político-electoral se puede lograr la representación o un nivel de participación más equilibrada entre los distintos grupos y no solo considerar la cuota de mujeres y a poblaciones indígenas.

Explicó que la democracia incluyente dede ser un mecanismo de participación real y efectiva de los grupos en situación de vulnerabilidad, en los que se encuentran las personas de la diversidad sexual, discapacitadas, afromexicanas y migrantes, para que puedan acceder a todos los cargos de elección popular y terminar con la brecha de desigualdad.

Luévano Luna enfatizó que por años se ha luchado por visibilizar a las poblaciones marginales y que su inclusión “se logró con las acciones afirmativas a golpe de sentencia. No fue concesión”.

“Las acciones afirmativas tienen como objetivo fundamental alcanzar la representación común a un nivel de participación más equilibrada entre los distintos grupos”.

En este sentido, la diputada señaló que los avances no han sido suficientes porque si bien el Instituto Nacional Electoral ha llevado a cabo acciones para que las personas con discapacidad puedan participar en las Mesas de Casilla y emitir su voto con ajustes razonables, “no ha realizado aquellas que les permita presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública a todos los niveles de gobierno”.

Y en el caso de las personas de la diversidad sexual, la acción afirmativa es la vía para “lograr en su favor un estándar de inclusión de representación y con ello, puedan impactar en el aspecto político, social, cultural, económico y en cualquier ámbito de importancia para sus proyectos de vida”.

En este sentido, Salma Luevano aseguró que la igualdad implica una obligación a cargo del Estado para garantizar un acceso pleno de condiciones que en el sistema jurídico resulta insuficiente.

Por lo anterior, la diputada Salma Luevano dijo que es “indispensable avanzar en la implementación de medidas que garanticen la inclusión y el avance en la protección de los derechos político-electorales de la comunidad de la diversidad sexual a efecto de que puedan participar de la construcción de la vida política en el país y con ello puedan incidir tanto en la agenda legislativa como en las políticas públicas”.

Detalló que su propuesta consiste en reformar la fracción II del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que enmarca los derechos de la ciudadanía:

Poder ser votada en condiciones de paridad y de inclusión de grupos en situación de vulnerabilidad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación.

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