Será un delito que se perseguirá de oficio, además de que podrá denunciarse vía telefónica o a distancia, para proteger a las víctimas.
Los delitos de más alto impacto, como las ejecuciones, el secuestro y el robo con violencia, van a la baja, después de dos décadas de haber irrumpido en la otrora vida pacífica nacional. Lo dicen no solo las estadísticas, sino que lo registran también las encuestas que miden la percepción ciudadana. Cifras y percepción van a la baja.
Sin embargo, de unos años a la fecha, otros delitos que causan zozobra y daño económico emergen y se generalizan con la fuerza de una epidemia social. Es el caso de la extorsión, que, de ser un delito marginal, hoy es la principal conducta antisocial que preocupa y ocupa al Gobierno y a las y los legisladores.
Está por discutirse y aprobarse la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en materia de Extorsión, reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo promueve esta iniciativa como una estrategia orientada a combatir y frenar ese terrible ilícito, por medio de la investigación y la inteligencia policial, para detectar y detener a los extorsionadores; del fortalecimiento de las capacidades operativas de las unidades de seguridad pública antiextorsión; de la creación de un protocolo de atención a las víctimas; de la habilitación de un número de atención a la ciudadanía para denuncias de extorsión; de una campaña nacional de prevención del delito; del fortalecimiento de la cooperación y colaboración entre los distintos órdenes de gobierno, y del endurecimiento de las sanciones a quienes extorsionen, así como su unificación como delito en todo el país.
La iniciativa propone un total de 34 agravantes divididos en tres categorías: 1. Para daño patrimonial o delitos de menor lesividad, incrementar las penas hasta un tercio de las consideradas en el tipo penal básico. Serían aplicables al cobro de piso, a la imposición de precios, a quienes cometan el delito usando el sistema financiero nacional o a quienes extorsionen a candidatos(as) a cargos de elección popular. 2. Cuando el delito se cometa en contra de grupos poblacionales vulnerables (migrantes, personas adultas mayores, menores de edad, mujeres embarazadas o personas que tengan relación afectiva con la víctima), la iniciativa plantea incrementar las penas contempladas en el tipo penal básico entre un tercio y un cincuenta por ciento. 3. Para los casos de afectaciones sobre la integridad de la víctima o su patrimonio, uso de violencia, armas de fuego, uso de menores de edad o cuando en el delito participen personas servidoras públicas, la iniciativa propone incrementar las sanciones del tipo penal básico entre un cincuenta y un sesenta y seis por ciento (dos tercios).
Algo muy importante es que se resguarda la identidad e integridad de la víctima, ya que se introduce el carácter oficioso en el tratamiento e investigación del delito de extorsión, en forma tal, que las víctimas no requieran ratificar la denuncia y sea suficiente que la autoridad conozca de hechos que pueden ser constitutivos del delito. Será un ilícito que se perseguirá de oficio, además de que podrá denunciarse vía telefónica o a distancia para proteger a las víctimas.
Esta iniciativa dota a la autoridad investigadora de nuevos elementos para enfrentar otras formas de extorsión, como el cobro de piso, el cobro de paso y todos aquellos delitos asociados a la extorsión económica, la nueva modalidad de la delincuencia organizada.
X: @RicardoMonrealA


