LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna de la diputada Dolores Padierna Luna, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para hablar en pro de las reservas del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz al dictamen que reforma y deroga diversas leyes en materia de fideicomisos.

7 octubre, 2020 - Prensa

DIPUTADA DOLORES PADIERNA LUNA (DPL). Para ubicar el debate en el fondo de lo que yo quiero destacar, quisiera referirme a una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre los fideicomisos, donde la Corte señala en su pleno, en votación unánime, que los fideicomisos no son el medio idóneo de financiamiento para la administración pública federal, ya que los recursos salen del control del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo, y que son ambos Poderes los que construyen el presupuesto y, por lo tanto, los declaran inconstitucionales. Lo leo, voy a leer dos párrafos de esta jurisprudencia, de esta sentencia:

Las cantidades percibidas por concepto de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, sus respectivos accesorios, las participaciones, incentivos y los demás ingresos que hayan sido afectados por los fideicomisos, se considerarán desincorporados del patrimonio público y durante todo el tiempo que permanezca en vigor el contrato respectivo, el contrato es el fideicomiso, es decir, los impuestos se desincorporan del patrimonio público y pasan al ámbito privado. Luego viene toda una relatoría de por qué los fideicomisos estatales también lo son.

Segundo párrafo que quiero destacar: El Poder Legislativo no puede disponer sobre lo afectado ni sobre los ingresos que estos montos generan, ni puede presupuestarlos o destinarlos para ningún otro propósito, lo cual conduce a que durante su vigencia sean indisponibles para él. Las facultades de orden presupuestario que constitucionalmente le corresponden, es decir, al Poder Legislativo, a la postre lleva a que los bienes, derechos o ingresos públicos que se hayan afectado en el fideicomiso resulten indisponibles para el Estado. Lo que para efectos prácticos da lugar a una situación igual al de una enajenación lisa y llana entre el Estado y el fiduciario. Inmovilizándose así, de manera prácticamente absoluta, al Poder Legislativo.

En resumen, los fideicomisos son inconstitucionales. Violan el artículo 74 y 75 de la Constitución porque impiden a la Cámara de Diputados que pueda prever dichos recursos públicos y viola la facultad exclusiva que le da la Constitución a esta Cámara de elaborar el presupuesto. Es una jurisprudencia obligatoria emitida por el pleno de la Corte desde el año 2010, a raíz de una acción de inconstitucionalidad.

Los fideicomisos son inconstitucionales y, sin embargo, hasta ahora el presidente de México, López Obrador, y esta nueva mayoría de esta Cámara harán valer esta jurisprudencia. Los fideicomisos se van a extinguir, se van a desaparecer.

El segundo concepto que quisiera traer a su atención es el secreto fiduciario del que gozan los fideicomisos. Es muy amplia la explicación, pero la resumiría diciendo que la Ley de Instituciones de Crédito, en su artículo 142, va relatando cómo la información tendrá un carácter eminentemente confidencial y las instituciones de crédito en ningún caso podrán dar información sobre depósitos, operaciones o servicios que contengan estas figuras, con excepción de que lo solicite la autoridad juridicial.

Aunque también hace las excepciones de que las autoridades, y menciona al procurador general de la República, al de justicia militar, menciona a la Secretaría de Hacienda, a la Auditoría Superior de la Federación, también le pueden solicitar a las instituciones la información, pero solo en el caso de que sea la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por razones de carácter judicial o se acuda al Poder Judicial.

Además, deberán fundamentar o motivarlo a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, etcétera. Incluso amenaza a esta ley que los empleados y funcionarios de las instituciones de crédito serán responsables por la violación del secreto bancario o fiduciario que se establece en esta ley, etcétera.

Lo que quiero resaltar es que el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM publicó en 2016 que...

Intervención.

DPL. Termino, presidenta.

Intervención.

DPL. -A otros les dio cuarenta segundos. Termino en diez segundos-. El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM publicó un documento en 2016 que hizo más de 2 mil solicitudes de acceso a la información sobre diversos fideicomisos y en todos los casos las instituciones le dijeron a este instituto que había secreto fiduciario. No finjan aquí los expertos, que durante 40 años gobernaron. Así como se van a extinguir los fideicomisos...

Intervención.

DPL. ... la derecha como va también está destinada a extinguirse.

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/vR7IDkzbrcs


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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