Documentos Básicos
- 1. Declaracion de principios de Morena
- 2. Estatuto de MORENA Publicado DOF 5/NOV/2014
- 3. Plataforma electoral
- 4. Programa Morena
- 5. Agenda Legislativa
Facultades del grupo parlamentario
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 26
Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 constitucional, el Grupo Parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.
El Grupo Parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político nacional que cuente con diputados en la Cámara.
En la primera sesión ordinaria de la Legislatura, cada Grupo Parlamentario de conformidad con lo que dispone esta ley, entregará a la Secretaría General la documentación siguiente:
a) Acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en Grupo, con especificación del nombre del mismo y lista de sus integrantes;
b) Las normas acordadas por los miembros del Grupo para su funcionamiento interno, según dispongan los Estatutos del partido político en el que militen; y
c) Nombre del diputado que haya sido designado como Coordinador del Grupo Parlamentario y los nombres de quienes desempeñen otras actividades directivas.
Marco Legal
- Ley Federal de Archivos
- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
- Ley General de Archivos
- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
- Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Reglamento de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales
Área de Transparencia del Grupo Parlamentario MORENA
H. Congreso de la Unión 66, El Parque, C.P. 15960, Ciudad de México, CDMX, Edificio “B” Piso 1
Teléfono: 01 55 5036 0000 Ext: 61138, 61137, 61768
transparenciagpmorena@diputados.gob.mx