LXV LEGISLATURA
Cumplimos
Intervención en tribuna del diputado Manuel Gómez Ventura, para fundamentar la iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
3 abril, 2019 - Prensa
DIPUTADO MANUEL GÓMEZ VENTURA (MGV). Con su permiso, diputada presidenta.
Hablar de injusticia laboral es hablar de corrupción, es hablar de violaciones a los derechos laborales.
Hablar de sindicatos sonaría súper interesante si estos no hubiesen desvirtuado el objetivo para el cual fueron creados. La representación y defensa de los trabajadores ante las empresas y gobiernos o patrones. Sin embargo, la ambición de los líderes sindicales terminó a la fecha aliándose a los intereses patronales y de los gobiernos corruptos.
Y es que precisamente la legislación en materia laboral, consagrada en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos plasma el ideario revolucionario para la defensa de los trabajadores y reconoce su derecho a coaligarse a través de sindicatos para la defensa de sus intereses comunes.
Por ello, para lograr el cumplimiento efectivo de la libertad de asociación, la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 354 y 359 reconocen el derecho que tienen los trabajadores y patrones a coaligarse y a constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa ni injerencias indebidas con la libertad plena de redactar sus estatutos, elegir libremente sus representantes, organizar su administración y formular su programa de acción.
Y confirmando lo anterior, el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la libertad sindical y la protección del derecho a la sindicación, reconoce el derecho que tienen los trabajadores y empleadores, sin distinción, a constituirse o afiliarse a las organizaciones sindicales que estimen conveniente. Por su parte el Convenio 98 sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, complementario del Convenio 87, protege a los trabajadores de todo acto de discriminación tendientes a menoscabar la libertad sindical.
Sin embargo, al no contar con una forma democrática de elegir a los representantes sindicales, ha dado como resultado la firma de contratos colectivos de protección patronal, mecanismo que han usado las empresas por décadas para aniquilar la posibilidad de que los trabajadores que contrate la empresa puedan ejercer su derecho de asociación y se afilien al sindicato que prefieran; esto en virtud de la controvertida cláusula de exclusión por admisión, contraviniendo así los principios normativos contenidos en la Constitución y en los diversos tratados internacionales.
La afiliación automática y obligatoria de trabajadores a un sindicato determinado, es un claro resabio del corporativismo autoritario, y es que la actual redacción de la Ley Federal del Trabajo contempla la posibilidad de que el sindicato contratante y el patrón pacten la contratación exclusiva de trabajadores que estén afiliados a él.
En consecuencia, los trabajadores que pretendan organizarse a través de sindicatos disidentes para la defensa de sus intereses a menudo se topan con obstáculos burocráticos y técnicoinfranqueables, diseñados precisamente para desalentar todo movimiento que se oponga a los intereses de los sindicatos hegemónicos y de los patrones.
Por tal motivo, esta iniciativa propone modificar la Ley Federal del Trabajo en su artículo 371, inciso IX, donde se garantice el procedimiento para la elección de la directiva y número de miembros salvaguardando el libre ejercicio del voto personal, libre y secreto, para que los trabajadores en un acto informado y responsable tengan finalmente el derecho de decidir qué sindicato les va a representar en la negociación de su contrato colectivo de trabajo ante el patrón o ante la empresa.
Asimismo, se propone derogar los artículos 395 y 413 de la Ley Federal del Trabajo, eliminar la inconstitucional cláusula de exclusión por admisión y el contrato ley, a efecto de que los trabajadores recuperen el derecho de afiliarse al sindicato que elijan, tal como lo señala los principios fundamentales del derecho internacional del trabajo. Es cuanto, diputada presidenta.
LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/YVe3gm8g3f0