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Cumplimos

Intervención en tribuna del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, para fundamentar iniciativa que reforma el Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.

8 abril, 2019 - Prensa

DIPUTADO CARLOS IVÁN AYALA BOBADILLA (CIAB). Con su venia, diputada presidente. Amablemente le solicito que el texto de la iniciativa que ahora presento sustituya al publicado en la Gaceta Parlamentaria, en virtud de haber realizado cambios al proyecto de decreto.

Con la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II; 72 y demás relativos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga el decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará a los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente exposición de motivos.

En 1884 se realizó la Conferencia Internacional de Meridianos, con sede en la Ciudad de Washington, DC. El evento tuvo la finalidad de establecer un sistema de husos horarios coherente entre las 25 naciones asistentes. Se consideró propicio adoptar un sistema único de medición de tiempo basado en un solo meridiano para reemplazar los numerosos sistemas individuales existentes.

Cabe señalar que nuestro país adoptó la orientación de Conferencia Internacional de Meridianos a partir de 1931, y hasta 1989 se aplicó el concepto de horarios estacionales en diversas regiones del territorio nacional. Es a partir del decreto presidencial de 1996 cuando que se establece el sistema de horarios estacionales denominado horario de verano con alcance para todo el territorio nacional, con una duración de siete meses, del primer domingo de abril al último domingo de octubre.

Después de los primeros años de aplicado el horario de verano, el 29 de diciembre de 2001, fue promulgada la Ley de Sistemas de Horarios en los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el sistema normal de horarios que regirá en todo el territorio nacional, así como la forma en que dicho sistema normal de horarios podría ser modificado.

En nuestro país el horario de verano fue concebido e implementado específicamente como una alternativa para el ahorro de energía, considerando además que por priorizar las actividades en las horas de mayor disponibilidad de luz solar se verían beneficiados la economía a través de los negocios, el comercio y la productividad, sin embargo, los resultados observados a la fecha en cada uno de los supuestos beneficios, resultan discutibles.

El ahorro de energía derivado de la aplicación del horario de verano en el territorio nacional fue sustentado principalmente en el ahorro diario derivado de una hora más de iluminación artificial y la disminución en el consumo de energía. La realidad es que para los usuarios del servicio eléctrico en el país tal ahorro de energía, si es que existe, no se ve reflejado en la facturación del servicio.

La situación es que después de un periodo de 23 años de aplicarse los husos horarios estacionales en el país, existe el consenso general de dejar de aplicar el horario de verano. Con el horario de verano se ahorra energía durante las noches, pero también se gasta durante las mañanas en las horas de oscuridad previas al amanecer y en la tarde, dado que en las regiones cálidas de México las personas regresan una hora de luz más temprano a sus hogares. El clima cálido hace necesario el uso del aire acondicionado, aumentando el consumo de la energía.

Por las mismas razones aquí citadas, la tendencia desaprobatoria en el mundo hacia el horario de verano va en aumento y el mejor ejemplo de ellos es Europa. Existen factores negativos sobre la salud, con consecuencias sobre la productividad y la seguridad de las personas. Se sufre somnolencia, cansancio, dificultad para realizar tareas mentales y físicas, cambios de ánimo, irritabilidad, falta de atención, memoria, concentración, trastornos digestivos y de otros órganos y sistemas.

Los periodos óptimos de sueño circadianos no sincronizan con los horarios de sueño reales, el cambio de luz de la mañana a la noche es lo que aumenta este retraso, la luz no produce el mismo efecto durante la mañana que durante la tarde, la luz por la mañana activa el ritmo, pero la luz durante la tarde lo demora.

Expuesto y fundamentado lo anterior, me permito presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga el decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará a los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se abroga el decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017.

Transitorios.

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del día primero de enero del año 2020.

Segundo. Las dependencias de los Ejecutivos federal y estatales y de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias tomarán las medidas necesarias, a efecto de difundir con la anticipación debida el presente decreto para el conocimiento de la población.

Solicito se inserte íntegro en el Diario de los Debates el texto de la presente iniciativa. Por la generosidad de su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:

https://youtu.be/2hGhBE7INYY


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#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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