LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención desde tribuna del diputado Rubén Cayetano García, para presentar a nombre de la Comisión de Justicia, el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un capítulo tercero, Desplazamiento Forzado Interno al Título Décimo Octavo, y se adiciona un artículo 287 Bis a Código Penal Federal.

10 abril, 2019 - Prensa

DIPUTADO RUBÉN CAYETANO GARCÍA (RCG). Con su venia, diputada presidenta Dolores Padierna, diputadas y diputados, ruego su atención. Conforme a la Organización de las Naciones Unidas las personas desplazadas internamente son aquellas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.

La movilidad forzada ha sido calificada como una de las crisis humanitarias más importantes en nuestros tiempos, toda vez que representa uno de los grupos poblacionales más desprotegidos que enfrentan condiciones de vida que se traducen en pérdidas materiales y afectaciones psicológicas y sociales, pues genera la ruptura familiar, la desintegración de vínculos sociales y culturales con el término a relaciones de empleo sólidas limitan o dificultan el acceso al sistema educativo y crea el contexto para que las personas que huyen no puedan tener garantizados varios de sus derechos humanos, principalmente los derechos a la alimentación, la vivienda, la educación de niñas y niños, jóvenes y derechos a la salud. En otros términos se rompe dramática y trágicamente el tejido social.

El desplazamiento interno ocurre de manera masiva o individual y/o repentina o gradual. El desplazamiento individual o gota a gota, tiende a ser un desplazamiento invisible, involucra núcleos familiares pequeños que abandonan su comunidad de origen de manera aislada y discreta, como consecuencia de atentados hacia la integridad de su familia, o para escapar del riesgo que significa vivir en una determinada comunidad insegura o violenta, los episodios de desplazamiento masivo, es decir, la movilización simultánea de 10 o más núcleos familiares por una misma causa ocurre después de un ataque dirigido a los habitantes de una comunidad.

Aunque el desplazamiento puede darse por diferentes causas, hoy en día la violencia es la razón para que cada vez más personas tengan que abandonar sus hogares y se encuentren en una situación de extrema desprotección y vulnerabilidad.

A pesar de ello, en nuestro país, aún no existe una ley nacional que regule el desplazamiento forzado interno como un hecho generador de violaciones de derechos humanos y que establezca los mecanismos de prevención de los desplazamientos.

Hasta el momento, los únicos estados de la República que han publicado leyes sobre la prevención y atención de desplazamiento forzado interno son: Chiapas y Guerrero, sin embargo, en ambas entidades no existe reglamentación que permita delinear políticas y programas de gobierno que beneficien a los desplazados, por lo que dichas leyes resultan inoperantes.

Cierto es que también en la Ley General de Víctimas, en nueve de sus artículos, se hace referencia al fenómeno de desplazamiento interno, reconociéndose el mismo como una violación de derechos humanos, no obstante, se estima que esta situación debe ser considerada como un hecho victimizante autónomo.

Toda vez que sus consecuencias son multidireccionales y se reflejan en un rompimiento obligado con la vida que se llevaba con el costo personal y familiar que ello implica, de ahí que resulte fundamental una protección especial a las víctimas de desplazamiento forzado interno, determinándose de manera clara y precisa cuáles son las atribuciones de cada ente de autoridad, sea federal, estatal o municipal, ya que para abatir este fenómeno se requiere la acción conjunta de los tres niveles de gobierno.

Para establecer un nuevo tipo penal, como ocurrirá después de la discusión que permita identificar claramente a las víctimas desplazadas forzadamente, se abrió una mesa de análisis en la cual tuvieron participación a través de sus respectivos representantes, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Búsqueda de la Secretaría de Gobernación, la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes de la Fiscalía General de la República, las víctimas desplazadas en Guerrero, y la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal del Consejo de la Judicatura Federal.

Se concluyó no solo en la importancia de la creación de un nuevo tipo penal que identifique al desplazamiento forzado interno como una conducta delictiva y quienes son las víctimas del mismo, sino también se estimó transcendental agravar la pena cuando el delito se cometa en contra de persona o grupo de personas de mayor vulnerabilidad como son: niña, niño o adolescente, quienes por su propia condición pueden estar doblemente expuestos a condiciones desfavorables.

Defensores de derechos humanos. Quienes son los que más sufren el ataque global al hacer frente a los abusos de poder defendiendo a las minorías, oponiéndose a las barreras tradicionales para los derechos de las mujeres y de las personas con identidades de género u orientaciones sexuales diferentes a la heterosexualidad, y combatiendo condiciones laborales abusivas.

Periodistas. Que por la propia actividad que realizan, al no gozar de buenas condiciones laborales, de medidas de protección y de protocolos de seguridad, son más propensos a ser amenazados y a sufrir algún tipo de violencia, ataque o agresión.

Es responsabilidad del gobierno mexicano prevenir el delito de desplazamiento forzado interno y asistir a las víctimas en su reinserción a la sociedad de forma satisfactoria, reparando los daños y respetando sus derechos humanos, toda vez que el desplazamiento forzado debe ser entendido como una desprotección de facto del Estado por no haber previsto las medidas necesarias para evitar que la persona o grupo de personas sean víctimas de las diversas formas de violencia, y no haber establecido las condiciones y los medios para el retorno seguro de quien haya sido desplazado.

Finalmente. Quiero expresar mi reconocimiento a todas las fuerzas políticas representadas en la Comisión de Justicia de esta Cámara de Representantes Populares, porque las diferencias ideológicas y políticas no fueron obstáculo para ponernos de acuerdo y legislar a favor de las víctimas del desplazamiento forzado. Las diferencias prevalecerán con todo derecho, pero aún sobre el derecho debe prevalecer la justicia.

De esta manera podemos mirar de frente a los desplazados para decirles que no son invisibles, que nos ocupan, que reconocemos su legítima exigencia y protesta ante los gobiernos, aún con el asedio de quienes los persiguen hasta los lugares, pueblos y comunidades a donde van a parar luego de la huida de sus lugares de origen o residencia.

Con esta acción legislativa mostramos nuestra solidaridad a los desplazados. Pero también demostramos al resto de la sociedad que nadie debe ser ajeno a su circunstancia de zozobra y dolor, lo que demanda atención plena a su estado de vulnerabilidad. Porque de otra manera, ni la sociedad ni el Estado podrán reestablecer lo que el deterioro de valores y conducta pública han provocado.

Me congratula que la Comisión de Justicia da visos de hacer las cosas bien y apuesto por mantener el ritmo de trabajo, para lograr el bien primordial de esta nueva etapa de México, que es la paz, producto de la justicia. Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias.

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:

https://www.youtube.com/watch?v=LegxHM4mZW0&feature=youtu.be


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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