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Cumplimos

Propone Rubén Terán reglamentar uso de drones en zonas arqueológicas, artísticas, históricas y monumentos

19 abril, 2019 - Prensa

El diputado de Morena, Rubén Terán Águila, presentará una iniciativa a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para establecer que quienes decidan hacer uso de drones en estos sitios, deban contar con una licencia de uso emitida por la Dirección General de Aeronáutica Civil.

De acuerdo al diputado Terán Águila, esta propuesta abona a garantizar la salvaguarda del pasado histórico de los mexicanos. Ya que este ordenamiento tiene más de cuarenta años de promulgación y ante los avances tecnológicos es preciso adecuarlo a los cambios sociales y tecnológicos de hoy día.

Esta iniciativa contempla la adición de un artículo 17 Bis, para que todas las personas que decidan realizar, ya sea de manera profesional o recreativa, fotografías, videograbaciones o filmaciones, en monumentos, zonas arqueológicas, artísticas e históricas, y utilicen un sistema de aeronave pilotada a distancia, que comúnmente se conoce como “Dron”, deberán contar con una licencia de uso emitida por la Dirección General de Aeronáutica Civil.

Recordó que las dependencias que se encargan de proteger nuestro legado histórico, son el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA), ambos dependientes de la Secretaría de Cultura.

Por lo que es fundamental que desde el Poder Legislativo se provea a estas dependencias de un marco jurídico que les otorguen un mayor margen de maniobra a efecto de preservar nuestro patrimonio cultural.

“Con los cambios tecnológicos, los drones nos han dado novedosas aplicaciones en la vida diaria, tanto para usarlos por mera diversión, como para darles aplicaciones profesionales de videograbación y/o fotografía fija en conciertos, foros, y elaboración de reportajes en zonas consideradas patrimonio cultural de México, tales como monumentos y zonas arqueológicas entre otras”, añadió.

Incluso, dijo que su adquisición es relativamente fácil porque se pueden comprar tanto en tiendas departamentales como en tiendas en línea. Por lo que su adquisición hace difícil saber quién los compra y si realmente esté capacitado para utilizar este tipo de dispositivos en zonas que pueden representar un riesgo tanto para las personas como para las construcciones, especialmente las históricas.

“La falta de experiencia, de conocimientos y/o pericia para pilotarlos puede crear un potencial accidente grave y con irreparables consecuencias, ya que podría caer sobre una persona, o sobre alguna construcción que sea parte del patrimonio cultural de la nación”, indicó.

Explicó que en el 2017, una persona de la cual no se supo su identidad, utilizó este tipo de aparatos para fotografiar sin la autorización correspondiente, la zona arqueológica de Chichen Itzá, en horarios en los que este monumento está cerrado al público, además de no cubrir lo estipulado en el artículo 288 de la Ley Federal de Derechos.

No obstante que el centro Yucatán del INAH, a través del jefe de trámites y servicios legales, precisó que tanto en este sitio arqueológico como en muchos otros existen señalamientos que prohíben el levantamiento de imágenes con drones sin el consentimiento de las autoridades, podemos acotar que, aunque existen estos avisos, la mayor parte de los usuarios hace caso omiso.

De ahí la necesidad de modernizar le marco jurídico para que quien haga uso de un dron sin la licencia respectiva, emitida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, sea acreedor a las sanciones mencionadas en el artículo 52 de la presente Ley.


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#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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