LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna del diputado Mario Delgado Carrillo, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

21 agosto, 2019 - Prensa

DIPUTADO MARIO DELGADO CARRILLO (MDC). Presidente, con su venia. Compañeros, compañeras.

El acoso escolar, conocido como bullying, es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre estudiantes de forma continua.

Desafortunadamente, nuestro país ocupa uno de los primeros lugares en el mundo en este fenómeno. De acuerdo con un estudio realizado en 2014 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, México ocupa el primer lugar, el primer lugar internacional en casos de bullying en educación básica, afectando a más de 18 millones de alumnos de primaria y secundaria, tanto público como privadas.

México ha legislado el acoso escolar en 21 entidades y en 10 de ellas se contempla algún tipo de sanción; y en 12 países de Latinoamérica también se toman acciones legales y está prohibida cualquier clase de violencia corporal.

Otra de las facetas en las que se presentan casos de bullying, es a través de las tecnologías de la información. Durante 2015, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía realizó una encuesta sobre el uso de las tecnologías donde se menciona que el 26 por ciento de los jóvenes entre 12 y 19 años han vivido alguna situación de acoso cibernético.

Hay más estadísticas. De acuerdo con la ONG Internacional Bullying Sin fronteras, para América Latina y España presentado ante la Confederación de Cámaras Industriales de Estados Unidos Mexicanos, la CONCAMIN, 7 de cada 10 estudiantes son víctimas de bullying, y el 85 por ciento de los casos suceden en la escuela.

De tal manera que es necesario seguir combatiendo este fenómeno en nuestro país, que es el resultado de esta violencia que vive México, el impacto de esta tremenda violencia en esta generación de niños y niñas.

La presente iniciativa nace de una resolución judicial favorable a un menor que demandó a una institución educativa privada por los gastos que le generó a la familia la atención psicológica, tras haber sufrido acoso escolar en la escuela.

En una primera instancia, la familia del menor perdió la demanda, por lo que acudieron a los jueces federales. El caso terminó en la Suprema Corte de la Nación en el año 2015, y la Suprema Corte resolvió a favor del menor, condenando a la escuela privada a pagar los gastos en que incurrió la familia del menor para tratar los problemas que le generó el bullying.

Con esta propuesta, con esta iniciativa de ley, las familias no tendrán que atravesar por todas estas instancias para lograr reclamar los daños ocasionados por la violencia escolar, con el establecimiento expreso de la responsabilidad patrimonial del Estado en casos de bullying, así sólo tendrán que acudir con la autoridad educativa para reclamar los daños.

Con esto se busca resarcir los daños a los menores víctimas de bullying y de sus familias, pero también generar un efecto disuasivo para que las autoridades educativas, y las propias instituciones educativas, tomen todas las medidas necesarias para garantizar espacios escolares libres de violencia.

Entonces, la propuesta es adicionar una sección sobre responsabilidad patrimonial del Estado a la Ley General de Educación con seis artículos y reformar el Artículo 59 de la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes y ello, pues atendiendo a la resolución de la Suprema Corte de Justicia en el amparo que ya describimos.

Esta responsabilidad, la responsabilidad patrimonial caería en primera instancia en el Estado por el carácter de servicio público y obligación, no importando si es un entorno escolar de institución pública o privada, queda a salvo el derecho del Estado de repetir, es decir, cobrar al particular responsable por la indemnización que haya pagado al menor, es decir, la autoridad educativa podría después, en el caso de una escuela particular, reclamar los daños.

La Suprema Corte consideró que el Estado mexicano tiene la obligación de implementar medidas reforzadas para el cuidado de los menores, es decir, sus derechos e intereses deben ser implementados deben ser protegidos con mayor intensidad.

Se debe implementar un régimen de responsabilidades claro, para que los daños causados a los menores, efectivamente sean reparados en caso de bullying. La Suprema Corte de Justicia pide, además, que la normatividad en acoso escolar sea clara y no dispersa.

Esta iniciativa prevé que la indemnización cubra la reparación integral de los daños personales y morales, presentes y futuros, así como que tenga un efecto disuasivo respecto del acoso escolar.

La indemnización será cubierta por la autoridad educativa correspondiente. En caso de instituciones privadas la autoridad educativa responsable será aquella que otorgó la autorización.

Es decir, dar un paso más para combatir este fenómeno que acosa a nuestros niños y niñas en nuestro país asumiendo la responsabilidad patrimonial para el Estado.

Muchas gracias.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/DpuFQNk2AEU


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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