LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna de la diputada Alejandra Pani Barragán, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para establecer las Normas Oficiales Mexicanas para el funcionamiento y operación de las unidades móviles médicas.

5 septiembre, 2019 - Prensa

DIPUTADA ALEJANDRA PANI BARRAGÁN (APB). Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, en la presente y anteriores legislaturas, las y los legisladores hemos realizado diversos esfuerzos a efecto de disminuir la tasa de mortalidad derivada de los distintos tipos de cáncer, esfuerzos encaminados a impulsar acciones preventivas para un diagnóstico oportuno y una atención temprana que evite consecuencias fatales.

A pesar de los avances de los esfuerzos institucionales, legislativos y de la sociedad civil, las cifras actuales no son alentadoras.

Debido a la alta prevalencia de mortalidad es necesario impulsar nuevas acciones que permitan combatir particularmente el cáncer de mama, cervicouterino y el de próstata. De ahí la presente iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Desafortunadamente la relación entre el cáncer y la pobreza y la desigualdad es muy evidente en nuestro país. El cáncer no solo es un problema de salud, sino que también es un problema social que agrava la pobreza y agudiza las desigualdades.

Por ello, resulta importante realizar reformas legislativas, a efecto de impulsar y acompañar las políticas públicas necesarias, a fin de mejorar la calidad de vida de las familias mexicanas. Existe suficiente evidencia científica y estadística que determina la importancia de una detención oportuna, así como un tratamiento temprano y rápido para ganar la lucha contra el cáncer.

La vida de miles de mujeres y hombres depende de un diagnóstico temprano y de calidad. Por ello todas las acciones que se realicen resultan de fundamental importancia.

Bajo el anterior orden de ideas, es preciso señalar que las unidades médicas móviles constituyen una valiosa alternativa para incentivar la realización de estudios periódicos y obtener diagnósticos oportunos.

Las unidades móviles permiten llegar a una mayor población a lugares alejados y a zonas marginadas. Sin embargo, no se encuentran sujetas a una norma oficial mexicana y tampoco existe un mandato claro en la ley que asegure su cabal funcionamiento. Por lo tanto, el cumplimiento de su objetivo en ocasiones opera sin ningún registro, autorización o vigilancia de las autoridades sanitarias, adolecen de un protocolo, atención profesional y medidas de higiene que garanticen servicios de calidad en la salud.

No se cuenta, por ejemplo, de un control de donde los mastógrafos estén calibrados o cuál es el destino de los desechos reactivos y materiales médicos utilizados.

Hay que precisar que muchas de estas unidades son operadas por empresas particulares y no todas por instituciones de la salud pública. Esta falta de normatividad ha derivado, entre otros aspectos, diagnósticos erróneos, entrega de estudios ilegibles, información inadecuada e inoportuna, ausencia de personal calificado y con la sensibilización necesaria para abordar los padecimientos de las mujeres y los hombres.

A pesar de que en el 2013 se estableció en el Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de prestación de servicios en atención médica, que las unidades móviles se sujetaran a las normas oficiales mexicanas correspondientes, dichas normas no han sido elaboradas.

Por lo tanto, es necesario elevar dicha disposición a mandato de ley, otorgando con ella certeza jurídica a las y los mexicanos, garantizando de manera efectiva su derecho a la salud y de servicios de calidad.

Es evidente la necesidad de modernizar el marco jurídico y adecuarlo para solucionar los problemas actuales, a efecto de evitar lagunas y omisiones que pongan en riesgo la salud y la vida de las y los mexicanos.

Tenemos una valiosa oportunidad para corregir las omisiones y vacíos jurídicos, la cual no debemos de soslayar, de ahí que se propone establecer de manera, en la ley, la competencia de la Secretaría de Salud para regular, supervisar y elaborar y expedir las normas oficiales mexicanas relativas a establecimientos de salud públicos, sociales o privados, fijos o móviles. Es cuanto, presidenta, muchas gracias.

 

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/-DtONhitMy4


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#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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