LXV LEGISLATURA
Cumplimos
Intervención en tribuna de la diputada Miroslava Carrillo Martínez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ampliación del segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión.
2 octubre, 2019 - Prensa
DIPUTADA MIROSLAVA CARRILLO MARTÍNEZ (MCM). Buena tarde, legisladoras y legisladores. Expongo a este pleno el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, a diversas iniciativas con proyecto de decreto que reforman el primer párrafo del artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ampliación del segundo periodo ordinario, del Congreso, de sesiones.
Esto bajo las consideraciones, premisas y conjeturas que se describen a continuación. Nuestra Constitución establece en los artículos 65 y 66 que el Congreso de la Unión sesionará en dos periodos ordinarios al año, el primero comprendido del primero de septiembre al 15 de diciembre o hasta el 31 de diciembre en los casos de inicio de nueva administración presidencial, y el segundo se verificará entre el primero de febrero y el 30 de abril.
No obstante a ello, el orden normativo máximo mexicano cuenta con la figura de la Comisión Permanente, compuesta por integrantes de ambas cámaras, mientras que el Congreso se encuentra en receso.
De igual manera, permite convocar a periodos extraordinarios para atender asuntos urgentes o pertinentes, siempre y cuando lo decidan las dos terceras partes de la Comisión Permanente.
La existencia de periodos de receso amplios se explica de una tradición política que consideró innecesario que el Congreso tuviera una labor continua, a efecto de permitir al Ejecutivo federal el ejercicio del poder sin el monitoreo permanente del Congreso, lo que incentivó el ejercicio unilateral y, en ocasiones, arbitrario.
Sin embargo, el sistema político ha evolucionado y ofrece garantías razonables de madurez de los poderes, por lo que ha llegado el momento de reconocer y ponderar que el Congreso de la Unión no tiene necesidad de tan prolongado reposo.
Por tanto, se busca lograr una mayor efectividad en la aprobación de leyes, promover el trabajo de las comisiones legislativas, impulsar la productividad, dinamizar el debate legislativo y lograr una continuidad en los trabajos parlamentarios, así como estimular el control evaluatorio de las políticas gubernamentales y el monitoreo del ejercicio del poder.
Un objetivo central es incentivar el control parlamentario hacia los órganos de Estado, con pleno respeto a la división de poderes que establece la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se trata de un control basado en la democracia representativa y en la pluralidad del Congreso Mexicano, que es un órgano político por excelencia.
En esta misma directriz, la opinión del constitucionalista Diego Valadés asienta que es recomendable que haya una línea progresiva en este sentido, la presencia de los debates en el Congreso capta la atención de la ciudadanía hacia los órganos del poder, encauza la manifestación de los inconformes, permite advertir y prever la orientación de las demandas, habitúa a que sea en ese ámbito donde se ventilen las discusiones políticas y permite que las expresiones de todos los partidos y de los representantes populares sitúen la magnitud de los problemas y de sus posibles soluciones.
Adicionalmente, con todo eso se consolida la naturaleza de los legisladores como actores centrales de la vida política. Se suma, se fortalece al sistema representativo.
Esto se ha dado a través de un proceso gradual de incremento de los periodos ordinarios, como se atestigua en distintos momentos históricos de las reformas precedentes en la materia, desde 1824 a febrero de 2014. Esta última en la reforma política electoral de ese año.
Aunado a lo anterior, es justo reconocer que el trabajo legislativo en el Congreso de la Unión no se circunscribe a la temporalidad de los dos periodos de sesiones del Congreso, pues la actividad legislativa se realiza además en las comisiones, en el ejercicio del parlamento abierto o las diligencias propias de un legislador dentro y fuera de la sede de las Cámaras.
Estamos en la ruta correcta, por ejemplo, las legislaturas de Baja California y Michoacán, que contemplan periodos de sesiones durante todo el año, seguidos por la de Colima, Hidalgo, Morelos, Yucatán y Zacatecas, cuya duración de sus periodos ordinarios de sesiones rebasa los ocho meses.
En el ámbito internacional, de acuerdo a los estudios realizados por la Dirección de Servicios de Investigación y Análisis de esta Cámara, en países como Francia, España y Portugal sesionan nueve meses al año, y en Alemania sus periodos de sesiones son flexibles y están marcados por el gobierno parlamentario.
Como integrante de la dictaminadora, soy testigo directo que acredita y reconoce la voluntad de todos los grupos parlamentarios, que a través de sus diputadas y diputados han manifestado el reconocimiento que la actualidad nos impone para ampliar el tiempo del periodo de sesiones ordinarias y hacer más productiva la labor en el Congreso de la Unión.
Son siete las iniciativas que dan contenido al dictamen que presentamos, en las cuales se expresan voces plurales de voluntad de las distintas fuerzas políticas representadas en esta Cámara, como las del Partido del Trabajo, de la Revolución Democrática, Encuentro Social, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y Morena.
Asimismo, durante su aprobación el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista se sumaron a los contenidos. Así, se llegó a la conclusión de que las propuestas legislativas en estudio resultan viables y coinciden en el núcleo esencial.
En ese contexto, esta dictaminadora consideró y votó por unanimidad la aprobación de una reforma constitucional que amplíe la duración del segundo periodo ordinario, del primero de febrero al 31 de mayo de cada año, para que se fortalezcan las labores legislativas en este Poder Legislativo.
No omito comentar a este pleno que el proceso de construcción del consenso de este tema ha sido fructífero y fluido. A efecto de ello, comunico desde esta tribuna una modificación al primer artículo transitorio del dictamen a discusión y aprobación, el cual consiste en la aplicación de la reforma constitucional al primer párrafo del artículo 66 de mérito, tenga efecto a partir del día siguiente de su publicación, del decreto en el Diario Oficial de la Federación, es decir, en esta misma LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, que entregaré formalmente a esta Presidencia.
Asimismo, será necesario un ejercicio de armonización en la legislación secundaria, particularmente en el marco jurídico del Congreso de la Unión. Vale la pena subrayar que esta reforma no tiene impacto presupuestario validado por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de esta honorable Cámara de Diputados.
Agradezco su amable atención, presidenta. Es todo. Y hago formal entrega de la modificación a dicho dictamen. Muchas gracias.
LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/k6oA7ybf3uA