LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna del diputado César Agustín Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 54 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

2 octubre, 2019 - Prensa

DIPUTADO CÉSAR AGUSTÍN HERNÁNDEZ PÉREZ (CAHP). Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, a nombre de la Comisión de Gobernación y Población se presenta el siguiente dictamen.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata indubitablemente que el varón y la mujer son iguales ante la ley. Es también de reconocido derecho que las normas relativas a los derechos humanos se interpretan de conformidad con la Constitución y los tratados referidos, con la protección más amplia a las personas y prohibiendo toda discriminación motivada por el género.

En este tenor el Inegi cuenta con lineamientos para incorporar la perspectiva de género en el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, definiendo como perspectiva de género al enfoque analítico basado en el uso de la categoría de género y que se preocupa por comprender, explicar y analizar cómo la diferencia sexual produce desigualdades socioeconómicas, políticas y culturales entre mujeres y hombres, con el propósito de identificar la posición y el papel de unas y otros en la sociedad.

El análisis de género implica la articulación de esta categoría con otras variables de la desigualdad social, como la clase, la raza, la etnia, edad, preferencia sexual, entre otras.

Así, la perspectiva de género se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.

En este sentido, el artículo 3o. de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica establece la obligación de suministrar a la sociedad y al Estado información de calidad, pero es pertinente señalar que a fin de obtener dicha información adecuada a las necesidades del Estado y la sociedad, se requiere y se solicita en el Sistema Nacional de Información, Estadística y Geográfica se deban procurar otorgar al mismo marco legal que responda en todo momento a la perspectiva de género y de igualdad sustantiva.

Por ello, esta comisión dictaminadora asume que es deber de todos los órganos integradores del Estado mexicano y de su sociedad el detectar posibles situaciones de desequilibrio de poder como consecuencia de su género y proveer en el ámbito legislativo de la adecuación necesaria, a fin de que todos los órganos que integran el Estado mexicano, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, el actuar en sus respectivos ámbitos para otorgar prioridad en detección de posibles situaciones de desequilibrio.

La adecuación propuesta es necesaria para que el Sistema Nacional de Información, Estadística y Geográfica, al actuar en su respectivo ámbito, exprese información de interés nacional, considerando los criterios correspondientes a una adecuada perspectiva de género y de igualdad sustantiva.

Es de interés superior para la sociedad y del Estado mexicano establecer dichos criterios, métodos y mecanismos, para que los mismos contemplen una perspectiva de género a fin de producir información correcta y de utilidad.

La aprobación del dictamen que nos ocupa implica a su vez objetivos de subsistema, considerando los elementos de perspectiva de género, que son sin duda necesarios para una información de calidad universal social. Así, la reforma propuesta persigue estos objetivos:

1. Explicar la obligatoriedad de incorporar la perspectiva de género al texto de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a efecto de dar certeza y que se encuentra contenida en la generación de datos estadísticos;

2. Atender las recomendaciones 9, 12, 16 y 17 de la CEDAW, en las cuales se establecen lineamientos que consideran favorable la incorporación de la perspectiva de género en la creación de estadísticas nacionales en diversos temas, tales como la situación de la mujer en general y la violencia contra la mujer en lo particular;

3. Si bien dentro del sistema nacional de información, a fin de incluir la perspectiva de género existe un comité técnico especializado en la materia, y a partir de este se crearon lineamientos para la inclusión de la perspectiva de género en dicho sistema, se considera indispensable que se explicite en la ley sistema como obligación permanente.

Por todo esto, a nombre de la comisión solicitamos su valioso voto a favor en el presente dictamen. Muchas gracias.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/l1vyqf4zFVw


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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