LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Necesario, eliminar el fuero constitucional del que gozan actualmente servidores públicos: Miroslava Carrillo

29 octubre, 2019 - Prensa

· El fuero ya no puede ser considerado durante más tiempo como un privilegio.

La diputada Miroslava Carrillo Martínez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, manifestó que es necesario eliminar gradualmente la figura de fuero constitucional de la que gozan actualmente servidores públicos, titulares de los poderes y de algunos órganos autónomos, así como los correspondientes a las entidades federativas por la comisión de delitos federales.

Durante la presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 111 de la Constitución, por el que se amplía el catálogo de delitos por los que el Presidente de la República en funciones puede ser juzgado, la legisladora federal indicó que la iniciativa sienta las bases para impedir que uno de los más altos funcionarios públicos de este país sea sometido al poder de la justicia si sus comportamientos atentan contra el marco jurídico mexicano.

“Ello siempre garantizando el desarrollo de la capacidad decisional y el libre funcionamiento de los poderes públicos, lo que permitirá vivir en un Estado de derecho bajo el principio del buen gobierno, donde todas las personas, instituciones y entidades públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas al imperio de la ley en un plano de justicia e igualdad social”, explicó.

Carrillo Martínez indicó que se propone cambiar la redacción de la Carta Magna para determinar que el presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por actos de corrupción, delitos electorales y delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.

En este caso, acotó, para proceder penalmente contra el Presidente de la República sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Recordó que el sentido del dictamen se dio bajo el respeto a la pluralidad de voces, tanto del presidente de la República como de los integrantes de los grupos parlamentarios proponentes de iniciativas durante la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, incluso de otras legislaturas.

“Dichas voces no solo son en los diferentes grupos parlamentarios, sino también se dan en diversos sectores sociales y políticos, ante la demanda de justicia por los abusos y arbitrariedades de legisladores, presidentes municipales, gobernadores, presidentes de la República y de otros servidores públicos que gozan y gozaron del fuero e inmunidad procesal a lo largo y ancho del país durante la historia de México”, agregó.

la diputada por el Estado de México hizo mención que “las bases de dicha inmunidad procesal penal podrían o no tener elementos razonables vigentes, pero la práctica señala otra realidad. El fuero constitucional es ya insostenible”.

“El reto a resolver ahora es la garantía del libre funcionamiento de los poderes públicos, pero sin el llamado fuero y concebir la inmunidad de los titulares de los órganos del poder público como un estatus para impedir que otras autoridades puedan paralizar o afectar el funcionamiento de los órganos del poder público haciendo a estos vulnerables”, acentuó.

Ante ese planteamiento, la diputada de Morena comentó que dicha inmunidad debe limitarse a la libertad personal de cada uno de los integrantes titulares de tales órganos para que estos, bajo cualquier circunstancia, funcionen con normalidad y no afecten el cumplimiento del servicio público.

En atención a ello, planteó que desde la Comisión de Puntos Constitucionales se tiene la firme convicción de consolidar un mecanismo que en los hechos desestimule la impunidad, pero sin que ello favorezca la persecución política de los propios servidores públicos ni impacte en la estabilidad de la función que desempeñan o intervengan en la capacidad decisional de los servidores públicos.

“El fuero ya no puede ser considerado durante más tiempo como un privilegio que se confiere a determinados servidores públicos, pues las responsabilidades que deben cumplir no pueden ser omitidas, aun durante el periodo que dure su encargo”, añadió.

Desde tribuna, Miroslava Carrillo concretó que la inmunidad aludida en esta nueva reforma permite un ejercicio de la acción penal más libre y evita que se proteja a servidores públicos que han incurrido en algún delito. Por ello, la figura vigente del fuero constitucional no promueve la responsabilidad pública, por lo que consideramos debe de modificarse esa figura vigente de la Constitución.


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