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Cumplimos

Intervención del diputado Erasmo González Robledo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena y presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para presentar a nombre de su grupo parlamentario, iniciativa que adiciona un párrafo quinto al artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, durante la Sesión a Distancia de la Comisión Permanente

17 junio, 2020 - Prensa

DIPUTADO ERASMO GONZÁLEZ ROBLEDO (EGR). Con su permiso senadora presidenta.

Buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores, hoy vengo a presentar a nombre del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo quinto, al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Como ustedes saben, la protección a la salud es derecho humano reconocido en el artículo Cuarto de nuestra Carta Magna y en diversos instrumentos internacionales.

Es responsabilidad fundamental del Estado mexicano brindar las condiciones para que todos los habitantes podamos acceder a un servicio de salud que garantice una atención integral, gratuita y de calidad para todos aquellos que lo necesiten.

Además, en la Ley General de Salud se prevé que la atención médica, entendida como un conjunto de servicios que se proporcionan al individuo con el fin de proteger, promover y restaurar su salud, constituye una materia de salubridad general.

En ese sentido, recientemente reformamos el mencionado artículo Cuarto constitucional, sin embargo, la actual emergencia sanitaria, nos ha dejado ver que aún se requieren ajustes a nuestra normatividad para proporcionar este servicio a la población de manera más ágil y eficiente.

El gobierno tiene la obligación de implementar las medidas idóneas que le permitan garantizar de manera efectiva la disponibilidad de medicamentos necesarios y así brindar los servicios de atención médica que requiere la población.

De acuerdo con el artículo 134 constitucional, al efectuar las compras públicas el Estado debe buscar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Asimismo, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, reglamenta las acciones que deberá implementarse para cumplir el objetivo anterior. Sin embargo, hoy nos hemos enfrentado a una realidad distinta y consideramos que es necesario adecuar nuestro marco jurídico para permitir al gobierno adquirir de manera rápida, eficaz y al menor costo posible, los insumos necesarios para atender la situaciones de emergencia a que se ve sujeta la población.

Específicamente, observamos la necesidad de que el gobierno participe en los nuevos esquemas internacionales para adquirir los insumos médicos requeridos para la prevención y atención del Covid-19, siempre respetando los principios constitucionales.

Existen organismos intergubernamentales internacionales que ponen a disposición de sus Estados miembros participantes diversos mecanismos de cooperación internacional, como por ejemplo los fondos, cuya finalidad es precisamente generar condiciones que propicien un abasto eficiente y a costos razonables de los insumos para la salud que se requieren para la prestación de los servicios de atención médica antes referidos, sin detrimento de la calidad, seguridad y eficacia.

Los organismos intergubernamentales no son los proveedores, pero son los responsables con quienes los Estados miembros suscriben los acuerdos correspondientes para acceder a los insumos para la salud, haciendo que el procedimiento de compra sea diferente y específico.

A pesar de la amplia vocación internacional de México, no ha sido posible participar de estos esquemas establecidos por la Organización Mundial de Salud y la Organización Panamericana de la Salud, ya que esta modalidad de contratación no se encuentra contemplada en nuestro orden jurídico nacional.

Por ello, se estima necesario modificar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a efecto de generar la base legal que permita acceder a los mecanismos internacionales, como una opción más para la adquisición de bienes y servicios para la salud, sin detrimento de cumplir con el mandato constitucional y asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

En particular se propone adicionar un párrafo quinto al artículo uno de la citada ley, para establecer un nuevo procedimiento para la adquisición de bienes y servicios para la salud a organismos intergubernamentales internacionales.

Entre otros beneficios, se garantizaría el abasto continuo y fiable de bienes y servicios para la salud y se proporcionarían insumos, productos relacionados con la salud que sean seguros, efectivos y de alta calidad.

Compañeras y compañeros, los invito a analizar esta iniciativa y apoyarla, pues tiene el fin último de mejorar la acción del gobierno para beneficiar a la población.

Esta disposición se traducirá directamente en una mejor atención a la salud de las mexicanas y los mexicanos, e indudablemente nos ayudará a salir más rápido, de las dificultades económicas y sanitarias y hoy enfrentamos.

Muchas gracias.

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/ieVy_F_mD5E


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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