LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Conferencia de prensa ofrecida por el diputado del Grupo Parlamentario de Morena, Marco Antonio Andrade Zavala, para presentar iniciativa relacionada con prohibir la venta a menores de edad de refrescos y alimentos chatarra

30 septiembre, 2020 - Prensa

DIPUTADO MARCO ANTONIO ANDRADE ZAVALA (MAAZ). Buenos días a todas y a todos. El día de hoy quiero hablarles sobre la iniciativa que el día de ayer se puso a consideración de todas y todos.

La cual busca ayudar a resolver uno de los más severos problemas de la salud, el cual implica para nuestros niños el desmedido consumo de bebidas azucaradas y alimentos con alto contenido calórico.

Este tipo de alimentos en exceso para nuestros niños trae como consecuencia problemas de obesidad, sobrepeso, diabetes y otras enfermedades que merman la calidad de vida de quienes las consumen. Chiapas, estado al que pertenezco y represento, es el número uno en consumo de refrescos y también es el número uno del país en pacientes con diabetes por lo cual, tomar medidas en este sentido es una prioridad para mí como legislador.

Recientemente, mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 8de noviembre de 2019, se reformó el artículo 215 de la Ley General de Salud, por medio del cual se dio paso a un nuevo etiquetado de alimentos, el cual da información veraz, clara, rápida y simple sobre los alimentos que excedan los niveles máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas, sodio y los nutrimentos críticos. Los cuales son determinados por la Secretaria de Salud.

Estos nutrimentos críticos se encuentran definidos en la misma Ley General de Salud como aquellos cuyos componentes de alimentación pueden ser un factor de riesgo de las enfermedades crónicas no transmisibles.

Sabemos bien que los problemas de obesidad, sobrepeso, y enfermedades que se derivan o se agravan con estas situaciones, como la diabetes, enfermedades cardiovasculares, entre otras; son problemas multifactoriales, sin embargo, en diversos estudios se ha demostrado que existe una correlación clara entre esta clase de productos y estas enfermedades.

En noviembre de 2016, el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades de la Secretaría de Salud emitió la declaratoria de emergencia epidemiológica EE-2016 a todas las entidades federativas del país, ante la magnitud de casos de obesidad y sobrepeso y solicitó realizar acciones para su atención. Igualmente se emitió el mismo día la declaratoria de emergencia EE-4-2016, a todas las entidades federativas debido a los casos de diabetes mellitus 2.

Recientemente el 5 de agosto de 2020 el Congreso del estado de Oaxaca, mediante dictamen emitido por la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, aprobó adicionar un artículo 20 Bis a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Oaxaca, con la cual se prohíbe la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico, conocida coloquialmente como comida chatarra en el estado de Oaxaca. Es así como ya existen en diversos Congresos locales iniciativas que pretenden prohibir la venta de estos productos en sus entidades a los menores de edad.

Por ese motivo, la presente iniciativa tiene por objeto prohibir la venta a menores de edad de este tipo de alimentos y bebidas, abonando al debate de este tema tan importante para la sociedad en México, lo que pretende mi propuesta es sumar a la discusión en la Comisión de Salud sugiriendo un texto acorde con la Ley General de Salud Vigente y sugiriendo medidas que son en beneficio de la salud de las y los mexicanos.

El texto propuesto en el artículo 115 de la Ley General de Salud sería el siguiente:

La Secretaría de Salud tendrá a su cargo, se agrega una fracción 12 que dice:

En las escuelas del Sistema Educativo Nacional públicas y en las escuelas privadas queda prohibido distribuir, vender, regalar o suministrar por algún medio, a algún menor de edad bebidas o alimentos cuyo contenido exceda los niveles máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas, sodio y nutrimentos críticos, referidos en la fracción VI del artículo 215 de la presente ley.

Artículo 115 BIS.- En todo el país queda prohibido distribuir, vender, regalar o suministrar por algún medio, a algún menor de edad bebidas o alimentos a los que se hace referencia en la fracción VI del artículo 215 de la presente ley, y cuyo contenido exceda los niveles máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas, sodio y nutrimentos críticos.

Quedan exentos de estas prohibiciones, madres, padres, o tutores legales, dejando bajo su responsabilidad que los menores de edad sobre quienes ejercen su patria potestad puedan consumirlos.

Esta sería la presentación de esta iniciativa, esperando que los demás que se suba al debate y que los compañeros diputados, diputadas de las distintas fracciones se puedan sumar a esta iniciativa que es en bien para todos los niños de nuestro país, que son el futuro, el porvenir de este país y que debido a esta pandemia que estamos pasando se ha agravado su situación, la situación de todas las enfermedades que hace más complicado que cuando se contrae el Covid, coronavirus, puedan de alguna manera tener más defensas.

Entonces, esto es en abonar el mensaje es ayudar a proteger a nuestros niños y que tengamos a nuestros niños sanos para que ellos puedan tener un mejor mañana. Es cuánto. Muchas gracias.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/D2cpNNJidHg


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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