LXV LEGISLATURA
Cumplimos
Intervención desde la plataforma digital del diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, para hablar en pro del dictamen con proyecto de decreto por el que reforma el Artículo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2020.
19 noviembre, 2020 - Prensa
DIPUTADO ROBERTO ÁNGEL DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ (RADR). Buenos días, compañeros, compañeras, ¿sí me escuchan?
Intervención.
RADR. Gracias, presidenta. El presente dictamen resulta de especial relevancia atendiendo a lo dispuesto por el artículo primero transitorio del decreto mediante el cual se formula la convocatoria de la consulta popular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 28 de octubre.
En dicha disposición que hoy se presenta a reformar, con la cual coincidimos que existía una falta de claridad sobre el periodo que se debería de entender como parte del proceso para la realización de la consulta popular sobre la investigación eventual y procesamiento de conductas delictivas del pasado, atribuibles a quienes ostentaron cargos públicos en los años pasados recientes.
De ahí, la importancia de reformar dicha disposición para establecer que el decreto, publicado en el Diario Oficial, sobre la consulta popular entra en vigor a partir del día 15 de julio del año 2021.
Sin menoscabo de que, previo a esa fecha, el Instituto Nacional Electoral pueda desarrollar las acciones pertinentes para su preparación, pues, de lo contrario, se estarían limitando las acciones de difusión e información a las que tiene la obligación el Poder Ejecutivo Federal, desde el momento mismo de la entrada en vigor del decreto y hasta la fecha en que se ejecute la consulta que corresponde al primero de agosto del mismo año 2021.
Resulta evidente que no era la intención del legislador suspender, desde la publicación del decreto en comento a la disposición de la Procuraduría de la República, tal y como lo establece la ley reglamentaria en materia de consulta popular, dado que esta constituye uno de los medios idóneos para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial en forma suficiente y fidedigna, siempre que tenga un carácter institucional y con fines informativos, educativos o de orientación social.
Por lo que esta reforma... a una posición favorable al ejercicio del derecho de acceso a la información política. Pero más allá de lo expuesto en el presente dictamen, me permito y parece importante resaltar en algunos aspectos sobre la participación ciudadana en este tipo de ejercicios de democracia directa que durante décadas habían sido vetados.
Durante muchos años, buena parte de la población nacional ha creído que el derecho constitucional y la participación política solo se ejercen cuando acuden a las urnas a participar en jornadas electorales. Por ello, ha costado trabajo que se reconozca la rendición de cuentas, la transparencia y la participación en la toma de decisiones de la política pública y en la consulta popular, como otros ejercicios diversos del derecho a la participación política.
La consulta pública, al igual que el referéndum y el plebiscito, son figuras de participación ciudadana donde la población puede expresar directamente su opinión, pues al haber sido diseñadas como mecanismos legales de la democracia directa suelen ser acciones en donde la gente participa de manera libre e informada, expresando no solo su opinión sino orientando la decisión de sus gobiernos sobre el tema del interés general.
Acostumbrados a las viejas prácticas autoritaristas y autócratas, en donde las decisiones se tomaban por una elite gobernante sin consultar a la gente y sin valorar que existía una mayoría en contra de tal o cual decisión o de tal cual proyecto, diversos grupos políticos y algunos medios de comunicación han dirigido una campaña pública para criticar, incluso, y ridiculizar la realización de una consulta abierta, libre e informada sobre si resulta pertinente que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas de los años pasados por los actores políticos, encaminados a garantizar la justicia de los derechos de las posibles víctimas.
En los términos que la pregunta fue aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrán criticar la idea de la consulta, podrán criticar el método de la consulta, e incluso podrán criticar el que se le pregunte a la gente sobre un tema que involucra aspectos muy técnicos. Pero de ninguna forma vamos a permitir que se critique la decisión de tomar en cuenta la opinión del pueblo, que se tome en cuenta a la mayoría y que se haga valer su derecho a decidir y participar en las decisiones para esclarecer las responsabilidades de gobiernos pasados que tanto daño hicieron como sociedad y como nación.
E incluso pueden cuestionar la pregunta, que ha sido aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la forma en la que quedó redactada en su versión final. Pero no podemos demeritar que el fondo de la pregunta va dirigido a conocer la opinión y la voluntad del pueblo de México sobre la necesidad y pertinencia de continuar, fortalecer y determinar las investigaciones sobre las faltas y delitos de los gobernantes de las anteriores administraciones que pudieron haber cometido en contra de los intereses de la nación o en contra de la persona en lo individual. No se trata de una pregunta ociosa, como algunos de sus detractores a...
Intervención.
RADR. -Termino, presidenta-. Ninguna pregunta coherente, pues según sus críticos, se ha hecho obvia, son evidentes, de lo contrario, compañeras y compañeros, se trata de una pregunta pertinente y necesaria dado al contexto político que sirve en México y dado a los altísimos índices de inseguridad que se mantienen prácticamente en todas las entidades federativas.
Por eso es que se trata de consultar al pueblo, para que sean ellas y ellos los millones de mexicanos que participan en la consulta popular, quienes expresan su...
Intervención.
RADR. Ya termino. El mandato hace frente a la corrupción y la impunidad, que se han convertido a la entrada de la gestión de la cuarta transformación. Es por eso que la...
Intervención.
RADR. ... y continúe sus actuaciones al frente y combate de la corrupción. Presidenta, muchas gracias, le agradezco.
LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/zkoMI8urLhY