LXV LEGISLATURA
Cumplimos
Avalan Diputados dictámenes de Comisión de Igualdad de Género; se avanza en acceso de las mujeres a una vida libre de violencia
25 noviembre, 2020 - Prensa
· Se destaca aprobación para establecer modificaciones legales para mejorar protección y resguardo de mujeres víctimas de violencia.
En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Cámara de Diputados dio un importante paso para implementar acciones continuas en el fortalecimiento y respeto de los derechos humanos de las mujeres mexicanas, a fin de garantizarles el acceso a la justicia y que puedan vivir una vida libre de violencia.
A través del aval de una serie de dictámenes de la Comisión de Igualdad de Género, presidida por la diputada Wendy Briceño Zuloaga, se refrenda el compromiso de la Legislatura de la Paridad de Género al atender temas en beneficio de las mujeres para que se implementen acciones en atención a problemáticas, como la violencia de género.
Diputadas del Grupo Parlamentario de Morena coincidieron que se deben instrumentar políticas públicas que garanticen los derechos de niñas, adolescentes y mujeres en todo el país, procurando justicia sin que existan prejuicios o cualquier trato indigno que atente contra la víctima mujer, causando prejuicios que sólo denigran más su estado vulnerable.
El primer dictamen aprobado, con 464 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, fue el decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de órdenes de protección.
Para fundamentar el dictamen la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Wendy Briceño Zuloaga, expresó que el proyecto busca la efectiva procuración e impartición de justicia a través del establecimiento de protocolos de actuación acordes con los estándares internacionales.
Informó que urge frenar con diversos mecanismo y políticas públicas las violencias que viven las mujeres, y para efecto de las reformas planteadas “las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son fundamentalmente precautorias y cautelares.
En ese sentido, acotó que las órdenes de protección deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción que ponga en riesgo la integridad, libertad o vida de las mujeres o niñas.
“El propósito fundamental de estas modificaciones reside en agilizar los mecanismos que permitan a las víctimas resguardar su vida y su integridad desde el momento en que ocurre el acto violento, permitiendo que al ser emitidas por el MP y las autoridades administrativas y de naturaleza jurisdiccional las personas podrán acceder más ágilmente en ellas”, dijo.
Destacó que las órdenes podrán tener una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.
A su vez la diputada Beatriz Rojas Martínez expuso que la reforma es fundamental para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres en situación de violencia, ya que dicha posición a nivel nacional es grave porque diariamente se cometen 11 feminicidios, de los cuales siete son cometidos en casa o dentro de la comunidad por el esposo, pareja, novio, expareja o algún conocido, quienes utilizan formas violentas y crueles para cometer sus actos.
En ese sentido, la diputada federal de Morena subrayó que se requiere generar los mecanismos para que todas las mujeres que denuncian deben ser protegidas, y de esta manera se asegura que no se concreten los feminicidios.
“Las órdenes de protección son obligaciones establecidas para proteger inmediatamente a las mujeres, niñas y niños víctimas de violencia, garantizar su integridad y seguridad física, psicológica y sexual. Por ello la protección es un instrumento que integra no sólo el tipo de medida a ejecutar, sino a las acciones que deberán llevarse a cabo para proteger y garantizar la integridad de las víctimas por un determinado periodo”, indicó.
En segundo término se aprobó con 462 votos a favor, el decreto por el que se adiciona una fracción XVI al artículo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
A lo cual la diputada María Elizabeth Díaz García señaló que el proyecto tendrá la finalidad de facultar a la Secretaría de Educación Pública (SEP) para diseñar e implementar un modelo de protocolo de acción en casos de acoso y hostigamiento sexual en los distintos niveles educativos.
En ese contexto, Díaz García apuntó que dicha iniciativa responde a las exigencias de las jóvenes para poner un alto al acoso sexual que se vive al interior de los planteles, además de acatar a la recomendación de la CEDAW. Insistió en que las niñas, jóvenes y mujeres pueden confiar en las legisladoras.
Informó que sólo 13 entidades del país cuentan con protocolos en materia de detección, prevención y actuación ante el acoso sexual, y cerca del 25 por ciento de las alumnas mayores de 15 años han sufrido acoso sexual al interior las escuelas.
“Este tipo de violencia en los planteles educativos, no sólo vulneran el derecho a la justicia, sino que limita incluso, el derecho de las mujeres a la educación”, comentó.
En otro orden de ideas, se avaló, con 460 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el decreto por el que se adiciona una fracción X al artículo 52 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incorporar dentro de los derechos de las víctimas de cualquier tipo de violencia que durante la solicitud de medidas cautelares y órdenes de protección.
Para ello, se especifica que será el Ministerio Público quien deberá manifestar el o los hechos de violencia por los que la vida, la integridad corporal o la libertad de las víctimas pudiera encontrarse en riesgo.
En ese sentido, la propuesta evitará que los sujetos institucionales revivan la experiencia traumática pasada por las mujeres, para tal efecto la reforma obligará a los ministerios públicos a capacitarse en materia de género para garantizar la protección de las víctimas y, así, garantizar el interés superior de la víctima.
Por último, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados devolvió al Senado de la República, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional, el decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de órdenes de protección.
Asimismo remitió los decretos por el que se adiciona una fracción X al artículo 52 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el que adiciona una fracción X al artículo 52 de la citada ley, al Senado de la República paras sus efectos constitucionales.