LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención del diputado Rubén Cayetano García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia, con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un artículo 258 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales

2 diciembre, 2020 - Prensa

DIPUTADO RUBÉN CAYETANO GARCÍA (RCG). Con la venia de la Presidencia. Diputadas y diputados, pueblo de México. Y sigue la mata dando. Es un dicho o mexicanismo que se aplica a aquello que ocurre de manera constante y que no es precisamente bueno. Sin embargo, aquí a contrario sensu, sí es bueno.

Me refiero a la productividad que la Comisión de Justicia ha generado, a partir del trabajo y disposición plena de los integrantes por encima de nuestras diferencias legítimas, políticas e ideológicas para legislar. Por lo anterior, vengo a presentar ante este pleno el dictamen que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 258 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales.

El artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos concede y reconoce las facultades que tiene el Ministerio Público durante la investigación de los delitos, el ejercicio de la acción penal y también como parte acusadora en el proceso.

Es bien sabido que, durante la investigación, en muchos casos por la corrupción y componendas entre el Ministerio Público y abogados defensores, si no es que directamente con los infractores de la ley, se cometen graves omisiones o niegan la realización de diligencias que ayuden a conocer la verdad y lo ocurrido durante la mecánica de los hechos, de actos o hechos presuntamente delictivos.

La experiencia y la pericia jurídica acumulada durante años en la diligente actividad de la investigación, no siempre se pone al servicio de la verdad y la justicia. Muchas veces es la virtud del conocimiento del derecho y de la ley lo que deliberadamente y con mañosa discrecionalidad provoca las omisiones que en los hechos obstaculizan el acceso a la justicia.

La institución del Ministerio Público es, en nuestro sistema de procuración e impartición de justicia, la figura más vilipendiada, la de menos credibilidad y confianza en el engranaje procedimental.

Agregar el artículo 258 Bis relativo a las omisiones en la investigación como se propone en el dictamen expuesto por el de la voz, constituye combatir la reticencia de la o el servidor público investido por el imperativo 21 constitucional.

Además, es pertinente señalar que cuando el dictamen dice que la negativa u omisión sea sin fundamento ni motivación, se refiere a que se combate el ocio jurídico en la investigación, justamente porque una autoridad en su actuar debe, en términos del artículo 16 de la Carta Magna, fundar y motivar su proceder. Bajo esta definición vinculada a la omisión, las víctimas obtendrán la herramienta legal de impugnar la negativa ministerial y, en su caso, procurar la sanción del servidor público omiso, indolente e irresponsable.

Si la figura ministerial constitucional desoye el mandato del legislador a través de la presente adición legal, será sancionado y podrá no solo ser destituido sino inhabilitado por graves omisiones cometidas durante la investigación, afectando como representante social a víctimas de delitos y a la sociedad en general, trasgrediendo principios de justicia y trastocando también la paz y la tranquilidad de las y los mexicanos.

Este dictamen está a la altura de las circunstancias actuales del país en materia de investigación de delitos y responde a la sentida e histórica demanda de las víctimas por alcanzar la justicia y reponga agravios y acabe de una vez por todas con tanta impunidad. En virtud de lo anterior, pedimos a todas las fuerzas políticas su voto a favor. Es cuanto, presidenta, muchas gracias.

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/RbZbDCh5-sY


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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