LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención desde tribuna de la diputada Socorro Irma Andazola Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de sanciones a delitos contra la salud y delitos relacionados con la compra-venta, falsificación y/o alteración de pruebas usadas para detectar contagio por infecciones relacionadas con epidemias y/o pandemias

3 marzo, 2021 - Prensa

DIPUTADA SOCORRO IRMA ANDAZOLA GÓMEZ (SIAG): Saludo a la ciudadanía que nos sigue por medio del Canal del Congreso. Compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que presento ante esta soberanía, tiene que ver con uno de los tantos fenómenos que han surgido, junto con la emergencia sanitaria que a nivel global nos ha afectado por la pandemia de la infección Covid-19.

Y es que, a pesar de que afortunadamente somos más las personas honestas que las que se dedican a hacer el mal en muchos ámbitos de la vida diaria, la delincuencia común y la delincuencia organizada se han dado a la tarea de aprovechar las debilidades de todos los aspectos que conciernen a esta lamentable y prolongado periodo de pandemia.

Se trata de la falsificación y comercialización de pruebas de detección de Covid-19 con resultado negativo o comprobantes de recuperación de la enfermedad, con el firme propósito de burlar los filtros que para tal fin se hayan implementado en diversos puntos, como en los aeropuertos, donde se requiere una mayor vigilancia para disminuir y, en su caso, erradicar la propagación del virus y la consecuente infección.

Este fenómeno fue detectado primeramente en la Unión Europea y en algunos países de América Latina, como Brasil y así como en nuestro país. Y es que, a medida que la pandemia de coronavirus se prolonga, la gente está recurriendo al mercado negro para obtener pruebas de Covid-19 negativas que les permitan viajar a otros países, situación que es por demás un atentado despreciable, tanto a las normas sociales y jurídicas locales como a las internacionales por los riesgos que esto conlleva, y debe ser castigado con más severidad porque en ello, como ya hemos visto, está de por medio la vida.

Y es que no es lo mismo cometer el delito de falsificar un documento administrativo, como por ejemplo un certificado de bachillerato o un título profesional, que de por sí también es un delito despreciable, pero falsificar y comerciar comprobantes que implican el peligro de muerte, solo para burlar a la autoridad y obtener beneficios o lucro con esta práctica vil y deshumanizada.

Por lo anteriormente expuesto, considero que es necesario proponer las reformas en materia de sanciones a delitos relacionados con la compraventa, falsificación y/o alteración en materia de certificados con resultado negativo en pruebas de detección de contagio por infecciones en tiempo de emergencias sanitarias relacionadas con epidemias y/o pandemia, así como un delito contra la salud pública. Por lo que propongo modificaciones al Código Penal Federal en el siguiente sentido.

Para que en el caso de epidemias y/o pandemias, el que a sabiendas de que está enfermo o pudiera estarlo de un mal o enfermedad en periodo infectante, y para burlar alguna autoridad adquiera algún comprobante y/o certificado falso de una prueba con resultado negativo, y que con este hecho ponga en peligro de contagio la salud de otro por cualquier medio trasmisible, será sancionado de 1 a 5 años de prisión y hasta 5 mil días-multa. Y si la enfermedad padecida tuviera la posibilidad de causar la muerte, se impondrá la pena de 3 a 7 años de prisión y hasta 7 mil días-multa.

En cuanto al delito de falsificación, si este se realiza en el contexto de emergencia sanitaria, epidemias y/o pandemias, el delito de falsificación de cualquier tipo de comprobantes o certificados médicos de pruebas negativas para detectar contagio por alguna infección o enfermedad, se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de 5 a 10 años y de 500 a 3 mil días-multa.

En el caso de documentos privados, con prisión de 4 a 8 años y de 500 a 3 mil días-multa. Si quien realiza la falsificación es un servidor público, la pena de que se trate se aumentará hasta en una mitad más. Muchas gracias a todos y a todas. Es cuanto, diputado presidente.


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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