LXV LEGISLATURA
Cumplimos
INTERVENCIÓN POR LA VÍA TELEMÁTICA DEL DIPUTADO ULISES GARCÍA SOTO, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA FIJAR SU POSICIONAMIENTO RESPECTO AL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 419 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
23 marzo, 2021 - Prensa
DIPUTADO ULISES GARCÍA SOTO (UGS). Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, la compasión hacia los animales está tan estrechamente ligada a la bondad de carácter, que se puede afirmar, con seguridad, que quien es cruel con los animales, no puede ser buena persona. Decía esto el filósofo alemán, Arthur Schopenhauer.
En la LXIII Legislatura, tras una petición presentada por The Humane Society International, se prohibieron las peleas de perros con fines recreativos o de entretenimiento y se tipificó también la conducta como delito en el Código Penal Federal. Lo anterior, con la finalidad de proteger la vida e integridad de los perros, de nuestros mejores amigos, quienes son estimulados y entrenados para atacarse, hasta quedar gravemente heridos o perder la vida.
En los casos en los que el perdedor sobrevive a la pelea, es asesinado brutalmente por su entrenador o el organizador, mientras que los ganadores quedan gravemente heridos o son usados para criar cachorros y obtener ganancias.
Es decir, se trata de un entrenamiento cruel y sádico, en el que los perros son obligados a pelear entre sí durante horas, mientras que los espectadores disfrutan con su sufrimiento, o incluso apuestan por un ganador.
Muchas niñas, niños y adolescentes son observadores en esta audiencia, lo cual puede llevar a una falta de empatía ante el sufrimiento y la muerte de los seres vivos, la normalización de la violencia y, consecuentemente, al irrespeto a la ley.
Estas peleas están estrechamente vinculadas al crimen organizado. En las investigaciones respectivas, la policía ha encontrado desde drogas, armas ilegales y hasta pornografía infantil. Sin embargo, a pesar de la prohibición establecida en la norma penal, las personas que lucran con la vida de los animales saben esquivar la ley, debido a algunas lagunas legales, preexistentes.
Ejemplo de lo anterior es el uso de otros animales para poder continuar con este tipo de espectáculos. De manera que un perro se enfrenta a un gato, o algún otro animal, para así burlar la ley.
De ahí la relevancia del dictamen que hoy nos presenta la Comisión de Justicia, con el cual se coadyuvará a la protección de los animales, puesto que actualiza la redacción del artículo 419 Bis, para que no solo se contemple la celebración de peleas entre perros, sino también entre estos contra cualquier otro animal.
Asimismo, se tipifica la transmisión por cualquier medio electrónico de espectáculos o eventos que impliquen una pelea entre perros o entre un perro y cualquier otro animal. Dichas modificaciones fortalecen el marco jurídico penal con la intención de poder castigar a todo organizador, partícipe y/o espectador de este tipo de peleas. Así como también se inhibe la celebración y promoción de eventos en los cuales se realice una pelea entre un perro y cualquier otro animal.
Por lo anterior, el Grupo Parlamentario de Morena votará a favor de este dictamen, a favor de la protección y del respeto de la vida de los animales. Es cuanto.
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