LXV LEGISLATURA
Cumplimos
INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA DIPUTADA DULCE MARÍA SILVA HERNÁNDEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS.
10 febrero, 2022 - Prensa Diputados Morena
DIPUTADA DULCE MARÍA SILVA HERNÁNDEZ (DMSH). Con el permiso de la Presidencia.
Diputadas y diputados, la pornografía infantil constituye un gravísimo problema en nuestro país. De acuerdo al centro de respuesta de incidentes cibernéticos de la Dirección General Científica de la Guardia Nacional, entre marzo y abril del 2021 hubo un incremento del 73 por ciento de los reportes de pornografía infantil.
Conforme a los reportes de la autoridad por delitos cibernéticos contra menores de edad, las denuncias relacionadas con pedofilia y pornografía infantil aumentaron más de 50 por ciento. Movimiento Freedom, asegura que tres de cada diez víctimas de trata son niñas y niños.
Investigaciones de la National Center for Missign and Exploited Children han ubicado a México en primer lugar mundial como emisor de pornografía infantil. La Asociación End Child Prostitution, Child Pornography and Trafficking of Children por Sexual Purposes coloca a nuestro país como el segundo productor y distribuidor internacional de pornografía infantil y en primer lugar en América Latina.
Expertos estiman que 60 por ciento de la pornografía infantil en el mundo se produce en México. Según cifras de la Unidad de Inteligencia Financiera durante la pandemia aumentó 117 por ciento, la producción y consumo de pornografía infantil. Se calcula que 21 mil niñas y niños son secuestrados anualmente en México para explotación sexual.
De ahí que el objeto de la propuesta que pongo a su consideración plantea reformar el artículo 17 de la Ley General para Prevenir, Sancionar, Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con el objeto de establecer que se impondrá pena de 10 a 25 años de prisión, y de 2 mil a 30 mil días multa al que almacene, posea, adquiera o arriende para sí o para un tercero pornografía infantil, sin fines de comercialización o distribución, así como para quien por cualquier medio reciba dicho material y que no denuncie el hecho ante las autoridades.
Se aumenta la pena porque se considera que no debe existir una distinción entre el generador o vendedor de pornografía infantil y el comprador o consumidor final, ya que son igualmente responsables, debido a que la demanda de estos materiales es el detonador del delito. Además, porque el bien jurídicamente tutelado que se pretende proteger es el mismo: la dignidad humana, la libertad y la integridad física y psicológica de la infancia. Por lo tanto, la pena debe de ser proporcional a la filtración.
La pornografía infantil no debe ser tolerada, normalizada ni pasada por alto. Ha llegado la hora de castigar con severidad a quienes guardan un silencio cómplice que impide combatir la pornografía infantil. Ha llegado la hora de que en esta LXV Legislatura combatamos la pornografía infantil, porque es un cruel, aberrante e inhumano delito. Sin distinción de partido, compañeras y compañeros, los invito a trabajar en unidad para proteger la niñez mexicana. Es cuanto. Muchas gracias.