LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA DIPUTADA NOEMÍ SALAZAR LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 28 BIS DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.

10 febrero, 2022 - Prensa Diputados Morena

DIPUTADA NOEMÍ SALAZAR LÓPEZ (NSL). Con la venia de la Presidencia.

Compañeras y compañeros legisladores, antes de presentar la iniciativa de proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pregunto desde esta, la máxima tribuna del país, a ustedes, compañeros que han sido padres: ¿cuántos de ustedes tuvieron la oportunidad de cuidar a sus hijos e hijas recién nacidos y compartir esta responsabilidad?

Señores y señoras, es momento de reducir las brechas que generan la desigualdad de género. Las mujeres no nacemos con el instinto maternal que por décadas se ha pregonado, lo aprendemos. En ese sentido, los hombres están en la misma posición de nosotras de aprender y compartir la responsabilidad que tenemos al nacimiento de un hijo o hija.

El Estado tiene una deuda histórica con las mujeres, ya que el nacimiento de una hija o un hijo nos pone en desventaja laboral, ya que las licencias de maternidad nos dejan fuera del trabajo por 45 días, esto después del parto. Biológicamente se requiere ese tiempo para que nuestro cuerpo pueda reincorporarse a alguna otra actividad.

Lo anterior hace necesario que garanticemos la entrega de licencias de paternidad y licencias lesbomaternales a los hombres, mujeres, trabajadores, cónyuges, concubinas, concubinos por un periodo similar al que gozan las madres después del parto, tal y como lo señala el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que equivale a dos meses posteriores al parto. Reconozco el trabajo de las instituciones y del gobierno federal que han otorgado licencias de paternidad, pero se han omitido las licencias lesbomaternales.

Hoy en mi propuesta, trata de unificar la disparidad que existe entre las instituciones y cito, como, por ejemplo: el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales otorga únicamente 15 días hábiles con goce de sueldo a las licencias de paternidad. En materia de educación básica, al personal de la Secretaría de Educación Pública, por gestión sindical se le proporciona una licencia de paternidad con goce de sueldo de 5 días hábiles. La Comisión Nacional de Vivienda otorga licencias por nacimiento con goce de sueldo de 10 días hábiles.

Lo anterior contrasta con las licencias de paternidad de 90 días otorgadas al personal que labora en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y los tres meses de licencia que otorga el Consejo de la Judicatura Federal.

Compañeras y compañeros legisladores, considerando la discrepancia que existe entre la realidad que la norma pretende regular y lo establecido en uno de sus instrumentos jurídicos, es que se considera necesario reformar el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, por lo que propongo otorgar a los hombres y mujeres trabajadores, cónyuges, concubinas o concubinos, las licencias de paternidad y licencias lesbomaternales en un periodo de 60 días naturales con goce de sueldo. Lo anterior a efecto de que tengan las mismas condiciones para la atención de las hijas o hijos recién nacidos.

Asimismo, propongo garantizar que el otorgamiento de las licencias paternales para los trabajadores a los que se le han dado tres meses de licencia con goce de sueldo, a través de un artículo transitorio. Es cuanto. Muchas gracias.


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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