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Cumplimos

DIPUTADO DE MORENA PROPONE MAYORES SANCIONES PARA EL ACOSO Y EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN EL ÁMBITO LABORAL

4 agosto, 2023 - Prensa Diputados Morena

• Actualmente solo se sanciona la figura del hostigamiento sexual, entre superiores y subordinados, pero el acoso sexual entre compañeros ha quedado fuera de la normativa, argumentó Javier Borrego.

El diputado federal, Francisco Javier Borrego Adame continúa con los esfuerzos legislativos para erradicar las violencias en contra de las mujeres, por lo cual, ha planteado una iniciativa a la Comisión Permanente, a fin de seguir con el fortalecimiento de las leyes en esta materia.

Para tal propósito, el legislador ha propuesto al órgano legislativo aumentar las sanciones por hostigamiento sexual de uno a tres años de prisión y adicionar el acoso sexual como nuevo tipo penal, con el objetivo de que este sea tipificado, pues actualmente no se contempla en el Código Penal Federal.

“En el Código Penal Federal únicamente se tipifica la figura del hostigamiento sexual, que por cierto es muy baja, cuando el superior jerárquico asedia al trabajador de manera lasciva, sin embargo, gran parte de la problemática también es generada por los compañeros de trabajo”, argumentó.

Además, refirió que el propósito “es fortalecer el efecto disuasorio”, dado que estos delitos afectan a las mujeres en sus centros laborales, y el impacto que tiene entre las víctimas van desde problemas en la salud mental que pueden manifestarse como depresión, ansiedad, estrés postraumático, baja autoestima y sentimientos de soledad, entre otros.

Borrego Adame insistió que el riesgo a sufrir violencia y acoso en el trabajo se acentúa particularmente en determinados grupos demográficos, especialmente en mujeres jóvenes, y de acuerdo al Convenio sobre Violencia y Acoso 2019, de las Organización Internacional del Trabajo, “este tipo de violencia afectan la salud psicológica, física y sexual, así como su dignidad, y entorno social y familiar”.

El diputado de Morena también puntualizó que los conceptos de hostigamiento sexual y acoso sexual no deben confundirse, pues le primero es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima, frente al agresor en los ámbitos laborales y escolares.

Mientras que, advirtió, el acoso, es una forma de violencia en la que no existe subordinación, pero hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y riesgo para la víctima. Es por ello, afirmó Javier Borrego que es de suma importancia no solo diferenciarlo, sino agregarlos y homologar las normativas para su puntual sanción.

En consecuencia, la presenta iniciativa reforma el capítulo I del título decimoquinto y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, y a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en materia de acoso y hostigamiento sexual.

“Siguiendo el principio de progresividad de derechos que consagra la Constitución en su artículo primero, es que se considera necesario seguir fortaleciendo la normatividad para establecer mayores elementos que permitan inhibir, combatir y sancionar la violencia en contra de las mujeres, en todos los espacios de convivencia social”, afirmó.


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