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Cumplimos

LEY DE AMPARO SALVAGUARDA DIVISIÓN DE PODERES: DIPUTADOS DE MORENA

24 abril, 2024 - Prensa Diputados Morena

• El legislador Hamlet García llamó al pueblo de México a no dejarse engañar por la oposición que no ha hecho más que velar por sus intereses y derechos, dejando de lado los del país.

• La diputada Raquel Bonilla criticó que el Poder Judicial se ha convertido en una dictadura que pretende legislar.

Con 258 votos a favor, 213 en contra y 0 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, el dictamen que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.

El diputado Hamlet García Almaguer, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, apuntó que los mecanismos que tiene el Poder Judicial para desafiar una legislación son claros y están regulados por su Ley Orgánica, sin embargo, en lugar de agotar el proceso, optan por llevar a cabo “suspensiones mañosas”.

La reforma, afirmó, es acorde con la Carta Magna. Por ello, llamó al pueblo de México a no dejarse engañar por la oposición que no ha hecho más que velar por sus intereses y derechos, dejando de lado los del país.

En ese sentido, cuestionó desde cuándo les interesan los pobres si siempre han votado en contra de las pensiones para las personas adultas mayores y las y los estudiantes en pobreza.

En el mismo tenor, la diputada Raquel Bonilla Herrera criticó que el Poder Judicial se ha convertido en una dictadura que ha buscado legislar.

Por ello, subrayó, “es necesario limitar la discrecionalidad judicial y de esa manera respetar la separación de poderes”.

Explicó que con las reformas a la Ley de Amparo quedará establecido que en ningún caso la suspensión dictada fijará efectos generales, con lo que se garantiza el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes.

Asimismo, aseguró que es imperativo establecer un límite al órgano jurisdiccional de amparo, a fin de que un juez de distrito no pueda declarar inconstitucional una norma, toda vez que invadiría las competencias del Poder Legislativo, tampoco se puede derogar una norma resultado del trabajo de las y los diputados.

La diputada Lidia García Anaya señaló que el dictamen en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales es de gran relevancia pues busca salvaguardar la presunción de constitucionalidad para evitar que se paralice la aplicación de las normas generales en perjuicio de la población beneficiada.

De igual forma, permite que las suspensiones se limiten a casos particulares o circunstancias específicas y pese a que la oposición ha señalado que se pretende limitar un recurso legal, lo que se busca es fortalecer la protección de los derechos individuales, la seguridad jurídica y el interés público, así como el estado de derecho.

“La ciudadanía tiene y seguirá teniendo el derecho a presentar recursos legales y el Poder Judicial seguirá siendo el garante de la constitucionalidad de las leyes sin impedir que la población tenga acceso a los derechos y beneficios que éstas les otorgan”, manifestó.

En tanto que la diputada María Isabel Alfaro Morales consideró que la reforma es fundamental para la preservación y el fortalecimiento de la democracia en el estado de derecho.

La legisladora recordó que recientemente se ha visto vulnerada la facultad exclusiva del Poder Legislativo para crear y modificar las leyes, toda vez que el Poder Judicial se ha excedido en sus funciones al suspender ordenamientos con efectos generales.

“Históricamente la suspensión judicial estaba diseñada para proteger a personas frente a actos de autoridad que pudieran menoscabar sus derechos fundamentales de manera irreparable mientras se resolvía el juicio de fondo, pero cuando los tribunales conceden suspensiones que afectan la aplicación de una ley en su totalidad y no únicamente a los individuos que la impugnan, se invade la esfera legislativa”.

Alfaro Morales señaló que estos actos vulneran directamente la facultad exclusiva del Congreso de la Unión que es la voz del pueblo. Refirió que dicho exceso por parte del Poder Judicial contraviene el artículo 49 constitucional.

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