LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

INTERVENCIÓN DESDE TRIBUNA DEL DIPUTADO RUBÉN CAYETANO GARCÍA, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA REFERIRSE A LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOBRERREPRESENTACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS

24 marzo, 2021 - Prensa

DIPUTADO RUBÉN CAYETANO GARCÍA (RCG). Con su venia, presidente Sauri. Diputadas y diputados, pueblo de México, nuestro país vive hoy un momento crucial en su historia política. No sería posible este escenario, de no ser porque el cambio de régimen es verdadero.

Limpiar de corrupción las instituciones del país como se limpian las escaleras, bajo la determinación decidida del presidente Andrés Manuel López Obrador, es en los hechos una sacudida que la oligarquía dominante, los poderes fácticos, sus partidos disponibles, el PRIAN y ahora el PRD jamás imaginaron en su profundidad y alcance real.

Frente a la imposibilidad de frenar las reformas en este Poder Legislativo, sencillamente porque están disminuidos en cuanto a curules y escaños, recurren en vía de salvamento a dos instituciones que usaron siempre para dos cosas: al INE, antes IFE, para hacer fraudes; y al Poder Judicial de la Federación para legalizar, bajo la simulación del derecho, robos a la nación.

El INE y el Poder Judicial de la Federación se parecen mucho, son dos de las instituciones más oscuras y corruptas, con peor percepción social en México. Han superado incluso a las fiscalías y Secretarías de Seguridad Pública en los estados. Esto es así porque al régimen corrupto no le importó degradarlas al ponerlas a su servicio, aunque ahora, bajo un discurso engañoso, asumen protegerlas al amparo de que uno es un órgano autónomo y el otro un poder independiente, como paladines de la división de Poderes.

Allá los consejeros, jueces y ministros que les crean, cuando en verdad no son más que viles servidores de un régimen que se niega a morir. Sigan así, sigan, creyendo en el cinismo y la hipocresía de políticos sin legitimidad, que ni siquiera se representan a sí mismos ni a los postulados de sus partidos, cuando en este país intereses particulares han manejado hasta presidentes de la República.

Sigan así. Porque en el Poder Judicial de la Federación están dejando constancia de amparar intereses de particulares, como las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, en contra de la nación, bajo una aparente legalidad, traicionando los más altos principios de justicia, favoreciendo el saqueo.

Y en el INE procuran cambiar las reglas democráticas por encima de la voluntad de la gente, so pretexto de la sobre o subrepresentación a sabiendas de que ni con la guerra sucia podrá vencernos. Y, sí, tomar en cuenta que la soberanía radica esencialmente en el pueblo...

Intervención

RCG. Dígame usted.

Intervención

RCG. Con mucho gusto, presidente.

Intervención.

RCG. ¿Puedo contestar, presidente Sauri?

Intervención

RCG. Es usted abogado, ¿verdad, diputado? Muy bien. Le agradezco mucho la pregunta. Se llama extralimitación de las facultades legales y constitucionales del Consejo General responsable, que es el INE, y violación al principio de reserva de ley. Lo que emitió el Instituto Nacional Electoral rompe el orden constitucional y legal, toda vez de que dicho consejo no cuenta con las atribuciones legales para regular la distribución de votos y asignación de diputados del principio de representación proporcional.

Por tanto, el acto impugnado atenta contra el principio de legalidad, mismo que es denominado el principio de reserva de ley. Esto debido a que el INE busca regular aspectos de la distribución de curules por la vía de representación proporcional cuando estas facultades no las tiene expresamente atribuidas.

Entonces, es claro que su intención es regular directamente principios constitucionales respecto de la asignación de tales espacios a las coaliciones formadas por diversos partidos políticos, lo cual no le es dable jurídicamente. Es más, porque como lo establece directamente la fracción VI del artículo 54 constitucional, será la ley la que determinará las reglas y fórmulas relacionadas con la asignación de diputados por este principio, tal como se puede referir en el artículo 54, en su fracción VI, cuando dice que la ley desarrollará las reglas y fórmulas para estos efectos.

Precisamente de esto se trata el principio de legalidad, es una forma de no romper el orden constitucional y legal, a fin de que no existan múltiples fuentes legales y se provoque un caos o despropósito legislativo en la interpretación y la aplicación de las leyes.

Es así como, conforme a la lectura del artículo 49, 50 y 73 de la Constitución, se termina que la única autoridad facultada constitucionalmente para poder regular las materias relacionadas con el artículo 54, es el propio Congreso de la Unión. Entonces es evidente que esta reserva constitucional es expresa y por lo tanto eso que hizo el INE, su acuerdo, que se impugna por parte de nosotros, por parte de Morena, va contra dicha regularidad constitucional, y el Consejo General del INE está excediendo su ámbito de competencias afectando la configuración de un Poder de la Unión.

Igualmente, el acuerdo que hicieron rompe con el principio de legalidad, porque el INE no tiene facultad para regular aspectos internos de los partidos y las coaliciones, ya que la ilegal forma en que está reglamentando la distribución de escaños por la vía de representación proporcional, limita ilegalmente el derecho de los partidos a coaligarse a través de los respectivos convenios.

Toda vez que, de la lectura de la Ley General de los Partidos Políticos, en sus artículos 87, 88, 89 y 91 se establece que es facultad propia de los institutos políticos unirse o coaligarse a fin de participar en una elección. Y como se aprecia de la propia lectura del artículo 87, en donde están las prohibiciones y límites a los convenios, en ninguna disposición normativa se aprecia expresamente que será competencia del Consejo General del INE el regular o modificar convenios ya hechos, mediante resoluciones administrativas de carácter general, pues en la práctica técnicamente se estaría modificando la voluntad de los partidos coaligados.

Por tanto, el INE como autoridad administrativa hace una interpretación amplia y extensiva de la normatividad electoral como un propósito, como un fin de dotarse de las facultades necesarias para regular un asunto procedimental y definitorio de las elecciones, como lo es la distribución de escaños por la vía de la representación proporcional.

Entonces, para determinar si el Consejo General del INE tiene atribuciones relativas a emitir y tratar de agregar disposiciones de carácter normativo a los acuerdos que este órgano emite, debemos analizar el marco constitucional y el normativo relativo a las atribuciones de los legisladores y las del Consejo General del INE, respectivamente. Así está establecido en el artículo 73 de la Constitución como es nuestra facultad.

De igual manera, la base quinta apartado B del artículo 41 establece las atribuciones del INE, en lo concerniente a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la LGIPE que usted conoce. Dentro del artículo 32, párrafo 1, inciso a) no se hace mención alguna de que el INE pueda o tenga la atribución de poder emitir, modificar o adicionar condiciones relativas a lo establecido en la Constitución.

En un caso más específico, dentro del ámbito 44 de la LGIPE, en el párrafo 1, se enumeran las atribuciones que tiene el Consejo General del INE, y en dicho apartado no hay manifestación que permita el uso de facultades análogas a las de un legislador. Incluso, en el inciso j) establece, sin embargo, esta facultad de emitir acuerdos para hacer efectivas las atribuciones del mencionado artículo y las demás señaladas en la legislación aplicable, nos deja con la falta de certeza jurídica, por los razonamientos que he expuesto.

Basado en toda esta fundamentación es que el Consejo General del INE decidió emitir un acuerdo infundado al determinar que, con la finalidad, dijo, de dar cumplimiento a los principios que rigen el actuar del INE y lograr mayor transparencia en todas las etapas del proceso electoral federal, este Consejo General considera necesario acordar una serie de criterios para la debida aplicación de las disposiciones constitucionales y legales que regulan los actos para la asignación de diputados por el principio de representación popular.

Invariablemente, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral se encuentra en una posición de actuación que sobrepasa sus actos hoy impugnados, ya que en los incisos s), u) y v), solo hacen referencia a las atribuciones relativas al registro de candidatos de diputaciones por el principio de representación proporcional: cómputo de la elección, declaración de validez, determinación de la asignación para cada partido y el otorgamiento y su respectivo informe a la Cámara de Diputados respecto de las constancias respectivas para los y las diputadas por el principio de representación proporcional. Voy a concluir su respuesta. Serenos morenos. En ninguna parte de la ley...

Intervención

RCG. Voy a concluir. Todavía me falta. Hágame usted el favor, presidente Sauri. En ninguna parte de la ley se hace referencia a la posibilidad material o jurídica de que el Consejo General del INE pueda hacer uso de una facultad inexistente, para adicionar o cambiar elementos en las leyes expedidas por el honorable Congreso de la Unión.

En el INE procuran cambiar las reglas democráticas por encima de la voluntad de la gente, so pretexto de la sobre o subrepresentación, a sabiendas de que ni con la guerra sucia podrán vencernos y sin tomar en cuenta que la soberanía radica esencialmente en el pueblo y el pueblo tiene el inalienable derecho de cambiar o modificar la forma de su gobierno. Todo esto para frenar nuestra legítima mayoría.

Pero voy a ser autocrítico. No todo es culpa de la derecha. Nada de esto estaría pasando si quienes han poseído la conducción de nuestro grupo parlamentario, tanto aquí como en el Senado, en lugar de actuar, pensando en sí mismos, no hubieran perdido de vista la ruta del proyecto transformador.

Mientras el presidente urgía, hasta en una mañanera, periodo extraordinario para legislar en materia de compra de medicamentos, a muchos sorprendió, a mí no, que exclamara delante de ambos coordinadores, el de aquí, en ese tiempo, no el actual, y del Senado, quién sabe por qué en eso sí se ponen de acuerdo, refiriéndose a las sesiones, para avalar hasta cuatro consejeras y consejeros del INE.

En esa decisión nuestro movimiento dejó escapar la posibilidad de reciudadanizar al INE, en lugar de premiar a la burocracia y carreras sustentadas en fraudes electorales. ¿Verdad que sorprendió cómo todos se pusieron de acuerdo en ese asunto? Afortunadamente voté en contra.

Ahora nos quejamos de lo que hace el INE regulando lo que no debe regular. ¿Por qué? Porque en el Senado guardaron la reforma electoral, le tuvieron miedo al poder mediático y a la andanada de desinformación por la que se nos atribuía la reelección. Cuando esto era muy sencillo de desmentir, porque eso se aprobó en el 2014, Morena ni siquiera era partido político.

Soy partidario de abolir la reelección, pero si no nos alcanzaban las dos terceras partes, pues por lo menos debimos regularla, junto a todas las reglas electorales que se quedaron congeladas en el Senado y así evitar que el INE actuara indebida e ilegalmente, como lo está haciendo.

Este es nuestro problema, entre que el neoliberalismo se infiltra en la cuarta transformación y el que el equipo jurídico de nuestro proyecto no ve más allá que el estricto derecho, cuando se requiere además de dimensión social, fijar el objetivo en la justicia, nos estamos atorando y entreteniendo.

Afortunadamente el Tribual Electoral del Poder Judicial de la Federación va a revocar la tentativa del robo que quiere hacer el INE. Ni modo que le reconozca facultades legislativas a estos consejeros, que como lo ha dicho aquí el compañero Gerardo Fernández Noroña, bien merecido tienen ya un cierto juicio político al pretender cambiar reglas de la democracia, sesgando a la voluntad popular para suplantar reglas claras y favorecer a sus mandamases. Termino, presidenta, mi respuesta y voy a concluir mi intervención.

Intervención.

RCG. Sí, con mucho gusto.

Intervención.

RCG. Muchas gracias, presidente. Con mucho gusto doy respuesta, compañero diputado Manuel. Más allá de la legalidad en la que se fundan tanto consejeras y consejeros, como jueces y otros servidores públicos, estamos hablando en nuestro tiempo de un imperativo ético. Nuestro país no está para pagar a servidores públicos con esos altos salarios, como bien lo decía ya anteriormente el diputado Gerardo Fernández Noroña, de alrededor de 50 mil pesos mensuales. Es inmoral, no es ético, violenta a todo imperativo ético de lo que representa la política en nuestro tiempo. Es cuanto, presidenta. Voy a concluir mi respuesta.

Y ahora continúo con mi intervención, porque dije concluir mi respuesta.

Intervención.

RCG. Termino. Estamos a tiempo de ir a fondo. Hemos avanzado mucho, pero México refiere, sacar cuanto antes la reforma electoral que se quedó congelada en el Senado, para impedir la discrecionalidad y los abusos del INE, eliminando las plurinominales y la reelección.

Dos, refundar el Poder Judicial de la Federación, la reforma reciente fue insuficiente, se le hizo un traje a la medida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero se negó aquí a establecer en la Constitución las causales de suspensión, destitución e inhabilitación de jueces, magistrados y ministros cuando cometieran actos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, acoso sexual, entre otros.

Y, tres, que el presidente de México no sea rehén de cálculos y simulaciones en los grupos parlamentarios de Morena en la Cámara y en el Senado, y que también así sea con sus aliados, para acompañarlo y no traicionarlos.

Pueblo de México, mis palabras pueden ser verdades amargas, pero hacen bien a México. Es un llamado a tiempo. Es cuanto, muchas gracias, presidente Sauri.

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Tus Diputados Morena
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