LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA DIPUTADA ANITA SÁNCHEZ CASTRO, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA PARA FIJAR POSTURA DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B, DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SE DEROGA EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XIII BIS DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

21 abril, 2021 - Prensa

DIPUTADA ANITA SÁNCHEZ CASTRO (ASC): Gracias, presidenta. Con su permiso, señora presidenta. Bien. La libertad de asociación es un elemento esencial característico de toda democracia moderna, por medio de asociaciones los ciudadanos pueden incidir de forma más directa en las decisiones importantes de su comunidad, defender intereses colectivos, realizar trabajo conjunto y participar en la creación del capital social.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la libertad de asociación en su artículo 9o. Este derecho de asociación se traduce en la libertad que tienen las personas mexicanas para conformar todas las asociaciones, sociedades civiles, sociedades mercantiles, sociedades cooperativas o sindicatos que se requieran.

Y en cuestión de sindicatos, sustituir las referencias de federación de sindicatos por federaciones y confederaciones, y que actualmente existe nada más una federación y una confederación, que han actuado de forma unilateral en los derechos laborales.

Ejemplo, las plazas de salud. Estas plazas de salud que no son distribuidas equitativamente en las bases trabajadoras, no se respetan los movimientos escalafonarios, están hechos a modo entre el patrón y un solo sindicato. Por lo tanto, nuestra Ley Federal del Trabajo establece: Tanto los obreros como los empresarios tendrán derechos para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera. Y que los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes.

Con esto cumple parte de este artículo 9 de la Constitución y se ratifica precisamente con los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo. Hay diversos instrumentos internacionales de los que México es parte, en donde se reafirma el derecho a la libertad sindical y que complementa nuestro sistema normativo en materia laboral.

Hoy se debe modernizar también este derecho, ya que las reformas estructurales de 2012, que generalmente en materia laboral de nadie es de interés, aquí se retoman con esta iniciativa.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Universal de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y los Convenios que ya mencioné, 87 y 98 sobre la libertad sindical y de negociación colectiva de la OIT, ratificados actualmente en nuestro país.

Al hablar de libertad sindical tenemos que reconocer también la pluralidad sindical y entenderla como el derecho que tienen las personas trabajadoras de constituir varios sindicatos para una misma actividad profesional. Se refiere también a la obligación que tiene el Estado de garantizar la igualdad de todos los sindicatos, otorgándoles los mismos derechos y obligaciones, pluralidad sindical.

Actualmente, la Ley Federal del trabajo garantiza para los trabajadores del Apartado A el derecho a constituir, afiliarse o renunciar a los sindicatos que estimen convenientes, sin limitaciones.

Para que estos derechos sindicales y colectivos fueran también reconocidos en igualdad de condiciones para los trabajadores al servicio del Estado, se publicó en el Diario Oficial de la Federación del primero de mayo de 2019 la reforma que reconoce estos derechos, en donde se permite la existencia de varios sindicatos dentro de una misma dependencia, así como de varias federaciones y confederaciones. En lo laboral también debemos avanzar en la cuarta transformación.

La finalidad de este dictamen es precisamente armonizar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Ley Reglamentaria de la Banca de Desarrollo, excluyendo toda referencia a federaciones o centrales únicas, por ser unilaterales. Con esta reforma garantizamos el ejercicio pleno de los derechos colectivos de estos trabajadores, para que puedan constituir libremente sindicatos, federaciones y confederaciones, eliminando el monopolio que existía.

Cumplimos también con la recomendación que la Organización Internacional del Trabajo hizo a México, en la que resalta que debe desaparecer cualquier referencia de centrales sindicales únicas reconocidas por el Estado. Es por eso que hoy es un paso más de éxito en esta LXIV Legislatura, y el cual se les pide que se apruebe, por favor. Por qué. Porque esto es un avance en materia laboral, sobre todo para estos trabajadores al servicio del Estado, que son los más desprotegidos hasta en las mismas Juntas de Conciliación y Arbitraje, y en los mismos tribunales federales. Es cuanto, presidenta.


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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