LXV LEGISLATURA

Contacto  Aviso de privacidad


Notice: Undefined variable: foo in /home/sd04qsszviaz/public_html/wp-content/themes/morena/single.php on line 24

Notice: Undefined variable: br in /home/sd04qsszviaz/public_html/wp-content/themes/morena/single.php on line 24

Cumplimos

Intervención en tribuna de la diputada Juanita Guerra Mena, presidenta de la Comisión de Seguridad Pública e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen con proyecto decreto que reforma la fracción III del artículo 75 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

4 noviembre, 2020 - Prensa

DIPUTADA JUANITA GUERRA MENA (JGM). Con su anuencia, presidenta.

Intervención.

JGM. Presidente. Honorable asamblea, los medios alternativos de solución de controversias fueron adoptados por nuestro régimen jurídico a principios de este siglo como parte de una solución de despresurización de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales. Aunque la doctrina jurídica reconoce la denominada autocomposición o amigable composición, esta no era incorporada de manera plena en nuestro orden legal, sino hasta hace muy poco.

En esta búsqueda de soluciones y de generar mecanismos de acceso a la jurisdicción pronta y expedita, la justicia alternativa se ha venido posicionando como herramienta fundamental y profesional de solución a conflictos y, aunque la legislación nacional y las entidades federativas la adoptó de manera tímida en varios del orden civil y en arrendamiento, poco a poco fue generándose un lugar de puerta de solución de conflictos en materias tan diversas como la ambiental y la mercantil.

Los mecanismos alternativos de soluciones de controversias no son, ni por mucho, un paso previo a la jurisdicción. Todo lo contrario, las soluciones derivadas a la conciliación y a la mediación tienen el mismo peso legal que una resolución emitida por un órgano de impartición de justicia. Así lo ha señalado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en diversas tesis, en donde equipara a esta valiosa figura como el juicio mismo.

La justicia alternativa ha dejado de ser una herramienta de descarga de asuntos de baja cuantía, para posicionarse como una alternativa de arreglo con base a la confianza y al diálogo, cuyos componentes son la voluntad, la claridad y posiciones de la conducción de valiosos cuerpos y facilitadores, en mediadores que en muchas entidades federativas gozan de igual prestigio que la de un juez.

Por tanto ello, cuando se planteó la posibilidad de que estos medios alternativos de solución de controversias incursionara en labores de proximidad policial, de cuidado del tejido social y de la importante labor que realizan las y los buenos elementos de policía en los que se refiere una convivencia armónica, en la Comisión de Seguridad Pública que me digno presidir no du damos de su valiosa consideración que era fundamental darle un nuevo voto de confianza a esta herramienta en su aplicación en las labores de prevención del delito y del cuidado del tejido social.

En la incorporación de métodos de mediación en las labores policiales de proximidad, se conjugan dos elementos fundamentales: el del policía como autoridad identificada en la comunidad, y el de la posibilidad de que el elemento policial pueda ser uso del criterio de liderazgo para resolver conflictos de una u otra forma terminarían en la... en un juzgado cívico o de un agente del Ministerio Público.

La iniciativa que se contiene en el presente dictamen considera como necesaria la incorporación y la mediación de la resolución de conflictos como parte de la labor policial, ya que en su aplicación en este ámbito comunitario se intenta introducir enfoques alternativos y visiones positivas entre culturas, comunidades y destinos, así como entre los ciudadanos y las instituciones. La mediación comunitaria se convierte en una herramienta de prevención que enfoca y este favorece la democracia participativa.

Para la dictaminadora la iniciativa busca robustecer el sentido de definición de la proximidad social de las policías, plasmando en esta labor puede darse la intervención de prevenir diferentes tipos de violaciones, en este caso las violencias y prevención de delitos a través de mecanismos de detección e identificación de situaciones y conductas que puedan llevar a cabo las personas en una posición de víctimas o victimarios, por lo que resulta no solo loable, sino innovador las labores de proximidad que se realizan.

En este sentido, es preciso señalar que la policía no solo tiene funciones de primer respondiente en las importantes labores de persecución de delitos, sino que también hace su presencia y esta inhibe conductas antisociales y que llevan a cabo en distintos entornos. Presencia que permite coadyuvar a la imagen de la fuerza y solidez institucional.

En este orden de ideas se modifica la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública coadyuvará a fortalecer la función de proximidad de las instituciones policiales y contribuirá a la solución pacífica de los conflictos comunitarios.

Evidentemente, la mediación policial tiene límites claros y estrictos, por lo que se han acotado los casos en los que procede la mediación policial, ya que solo debe reducirse a esta en conflictos comunitarios y no ante comisión de delitos. Pues, en este último sentido, el supuesto de las autoridades competentes para realizar esta mediación, son las que señala la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución y Controversias en Materia Penal.

En dicho ordenamiento se faculta para intervenir como mediadores, a las instituciones especializadas en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, de la federación y las entidades federativas.

Asimismo, el mecanismo público se encuentra facultado para orientar al delincuente o querellante sobre dichos mecanismos alternativos y, en su caso, deriva un asunto de referencia en instituciones especializadas.

Por ello, no hay riesgo a la implementación de la propuesta, por lo contrario, se abre la puerta para dar una construcción a la recuperación del necesario liderazgo y posicionamiento de la imagen del policía, aquella imagen que como persona, como facilitador, como autoridad de criterio, no solo como mero remisor y presentador de delincuentes ante las autoridades. Es por ello que vamos en el dictamen a favor y lo pongo a consideración a esta asamblea. Es cuanto, presidente.

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/hih3wq884Zc


Notice: Undefined variable: link in /home/sd04qsszviaz/public_html/wp-content/themes/morena/single.php on line 63
x

TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez