LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna del diputado Manuel López Castillo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa que reforma el artículo 129 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

27 febrero, 2020 - Prensa

DIPUTADO MANUEL LÓPEZ CASTILLO (MLC). Con su venia, presidenta. Con la venia de la Presidencia. Ciudadanas y ciudadanos que nos siguen a través del Canal del Congreso, amigas y amigos diputados que integran esta honorable soberanía. Toda ley que viole los derechos inalienables del hombre es esencialmente injusta y tiránica, no es una ley en absoluto.

Hago uso de esta tribuna para presentar ante ustedes, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 129 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Lo anterior, para subsanar una posible inconstitucionalidad en la redacción de dicho numeral y salvaguardar un derecho fundamental del imputado, que es el de declarar o guardar silencio.

Nuestra Carta Magna, en su artículo 20, Apartado B, fracción II, establece como derecho del imputado, el declarar o guardar silencio. Este derecho surge como un mecanismo para garantizar la no autoincriminación del probable sujeto activo del delito.

Se entiende por no autoincriminación, conforme a lo manifestado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como un derecho específico de la garantía de defensa que supone la libertad del inculpado para declarar o no, sin que de su pasividad oral o escrita se infiera su culpabilidad. Es decir, sin que su derecho a guardar silencio sea utilizado como un indicio de responsabilidad en los hechos ilícitos que le son imputados.

Ahora bien, la problemática radica en que el artículo 129 de la ley adjetiva penal estipula que el Ministerio Público podrá ordenar la declaración del imputado para el esclarecimiento de los hechos del delito y delimitar su posible participación. Sin embargo, esto es totalmente contrario a lo descrito en el artículo 20 constitucional de la Ley Suprema, apartándose de manera práctica el supuesto jurídico previsto en el 129 del Código. El Ministerio Público privaría de uno de sus derechos esenciales al imputado.

Además, es pertinente señalar que para realizar esta diligencia no existe autorización del juez competente para su desahogo. Es decir, se deja al arbitrio de la propia Fiscalía, haciendo que se contravenga también el 14 constitucional, el cual dispone que nadie puede ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos.

Si bien la facultad principal del Ministerio Público es lo concerniente a la pesquisa delictiva, también es importantísimo señalar que este es el mayor órgano protector y garante de los derechos de las víctimas y de los imputados en el procedimiento.

No podemos soslayar el hecho de que si no es deseo del imputado realizar su declaración, esto no debería entorpecer la investigación realizada por la Fiscalía. Además de que esta cuenta con todo un andamiaje técnico en el que debería sustentar su teoría del caso.

¿Acaso pretendemos facilitarle al MP algo a que está obligado a realizar? Diputadas y diputados, el Código Nacional de Procedimientos Penales en su texto normativo contiene dispositivos que son contrarios a lo establecido en nuestra Ley Suprema. Es nuestro trabajo como integrantes del Poder Legislativo el subsanar estas irregularidades.

A las fiscalías y a todos los órganos jurisdiccionales y a las partes intervinientes en el proceso de un código armonizado y congruente con la Constitución, contribuyamos al respeto de nuestra Carta Magna y a las disposiciones contenidas en ella. Es cuanto, presidenta.

Intervención.

MLC. Soberanía, con todo respeto les pido que se sensibilicen en favor de la lucha de los maestros jubilados, por que se les pague en salarios mínimos, no en UMA. Ya basta de esto. Y también ojalá fuera posible sensibilizarlos en pos de que se regularicen los autos chocolates, que es un clamor nacional. Muchas gracias.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/C3wsz9XNpfI


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Tus Diputados Morena
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14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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