LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna del diputado Roque Luis Rabelo Velasco, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar sus reservas a los artículos 90 y 95 reservados del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial; y, 25 bis y 128 Quáter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

12 diciembre, 2019 - Prensa

DIPUTADO ROQUE LUIS RABELO VELASCO (RLRV). Con su permiso, presidenta.

Compañeras y compañeros diputados, con la aprobación de la reserva que presento ante esta soberanía, el mercado mexicano contará con el blindaje necesario para que sus consumidores nunca más sean susceptibles de engaño.

Debo señalar que esta reserva mantiene el espíritu de la iniciativa, el cual pretende proteger al consumidor mediante medidas que desalienten las acciones que vulneran sus derechos y contravienen el mandato de la ley.

Ya no se romperá el principio básico que deben regir a las relaciones de consumo. La información será adecuada, clara y veraz sobre las características de los productos y servicios que se encuentren en el mercado mexicano de acuerdo a lo que establece la norma jurídica.

Así, las y los mexicanos tendremos certeza y seguridad sobre la cantidad, composición, calidad y precio de los productos y servicios ofertados, por ello propongo modificar la fracción XV del artículo 90 de la Ley de Propiedad Industrial, para que no sean registrables como marcas, además de los signos, las frases, elementos de imagen, oraciones, avisos o nombres comerciales susceptibles de engañar al público o inducir al error.

Asimismo, propongo agregar en el párrafo subsecuente las expresiones engañosas y composición, con la finalidad de especificar cuáles son las indicaciones en los productos y los servicios que se consideran irregulares.

Ahora bien, en el artículo 95 del señalado ordenamiento, propongo incorporar un segundo y tercer párrafo, para establecer lo siguiente: que las empresas deberán declarar bajo protesta de decir verdad que los productos o servicios que oferta se encuentran libres de engaño y mala fe, y que es facultad del IMPI poder iniciar el procedimiento de declaración administración de nulidad en el delito de la marca cuando se violen las disposiciones legales aplicables.

Por último, propongo que los artículos 25 Bis y 28 Quáter mantengan la redacción vigente.

Con estas modificaciones aseguramos que los consumidores obtengan lo que realmente señala la publicidad y etiquetado, y los productos y servicios que se ofertan en México. Es cuanto.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:

https://youtu.be/hoK8-ezcXxI


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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