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Cumplimos

Aplazamiento de Convocatoria de Consulta Popular evitará vacíos de difusión de información: Rocío Barrera

19 noviembre, 2020 - Prensa

· Esta reforma confirma la continuidad de propaganda gubernamental para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial, en forma suficiente y fidedigna, dijo.

Rocío Barrera Badillo, presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, manifestó que es necesario el aplazamiento del Decreto y la respectiva Convocatoria de la Consulta Popular para que entren en vigor el jueves 15 de julio de 2021, con el propósito de no generar un efecto indeseado de propaganda gubernamental y de garantizar absoluta certeza de difusión.

Desde tribuna al fundamentar el dictamen que reforma el artículo Primero Transitorio del decreto que expide la Convocatoria de Consulta Popular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2020, señaló que el aplazamiento será sin perjuicio de que el Instituto Nacional Electoral (INE) ejecute las acciones preparatorias, a fin de realizar la jornada de consulta.

Con el propósito, reiteró, de no generar un probable efecto indeseado sujeto a interpretación, la suspensión de la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, cuestión prevista en el párrafo tercero del apartado cuarto, fracción octava, del artículo 35 constitucional.

En este sentido, la diputada del Grupo Parlamentario de Morena apuntó que esta reforma confirma de manera indirecta la continuidad de la propaganda gubernamental para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial, en forma suficiente y fidedigna.

Argumentó que el pasado 22 de octubre se aprobó en la Cámara de Diputados el decreto por el que se expide la convocatoria de Consulta Popular, el cual inició su vigencia el 28 de octubre; sin embargo, no se consideró lo dispuesto por el precepto constitucional antes invocado, que en una interpretación literal dispondría la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada.

Barrera Badillo comentó que la Ley Federal de Consulta Popular, misma que urge de una armonización con el orden constitucional vigente, no establece una fecha cierta de inicio del proceso de Consulta Popular ni hace referencia al lapso en que deba cesar la difusión de propaganda gubernamental, con el propósito de no influir en el voto de la ciudadanía en una consulta popular.

“Mediante una interpretación funcional y por mayoría de razón, no es el inicio de vigencia del decreto sino el tiempo que dure la campaña de difusión que hace referencia el artículo 40 de la Ley Federal de Consulta Popular, el que debe determinar la veda a la propaganda; sin embargo, la falta de claridad de la Ley que se encuentra fuera del contexto constitucional, hace necesaria la modificación del decreto para procurar absoluta certeza en la difusión”, acotó.

La legisladora de Morena aclaró que los fines de la suspensión de propaganda pública no son otros que impedir que a través de los mensajes que difunden en los medios de comunicación las instancias gubernamentales de cualquier orden de gobierno, tomen parte y generen inequidad en las campañas de difusión y en consecuencia en la votación.

“Es evidente que no es la intención de las legisladoras y legisladores suspender desde ahora la difusión de la propaganda pública, pues ésta constituye un medio idóneo para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial en forma suficiente y fidedigna, siempre que tenga un carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”, dijo.

Finalmente Rocío Barrera comentó que es importante que su difusión se permita mientras no ponga en riesgo la equidad en las consultas populares, por lo que el dictamen busca evitar espacios de interpretación que consideren la necesaria suspensión inmediata de la misma, aplazando hasta el 15 de julio de 2021 la entrada en vigor del referido decreto.


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