LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

Intervención en tribuna de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 43, 64 y 144 de la Ley de Migración.

26 noviembre, 2020 - Prensa

DIPUTADA JULIETA KRISTAL VENCES VALENCIA (JKVV). Con su venia, diputada presidenta. Las y los integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios consideramos de gran importancia la aprobación del dictamen del día de hoy. Es el dictamen con proyecto que reforma los artículos 43, 64 y 144 de la Ley de Migración que hoy presentamos, ya que es necesario garantizar a las personas migrantes el respeto al principio de presunción de inocencia, mediante la reforma propuesta y en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los cuales nuestro país es parte.

Al respecto, el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se compruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

Asimismo, la Convención Americana de Derechos Humanos establece que toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.

También la Tesis 2a. número 35-2007 señala que el principio de presunción de inocencia y en materia procesal penal impone la obligación de arrojar la carga de la prueba al acusador, es un derecho fundamental que la Constitución reconoce y garantiza en general.

Por lo anterior, resulta necesario reconocer que las personas migrantes, con independencia de su nacionalidad o su situación migratoria, ya que son iguales ante la ley, por lo que es la obligación del Estado mexicano garantizar el derecho a la presunción de inocencia.

Sin embargo, la actual Ley de Migración establece que una persona migrante, por el hecho de estar sujeta a proceso penal, se le puede negar la expedición de visa, la internación regular a territorio nacional o su permanencia en este. Se le puede cancelar la condición de residente temporal o permanente y puede ser deportado, hipótesis que se establece en los artículos 43, 64 y 144, respectivamente, y que son contrarias al principio de presunción de inocencia y de igualdad ante la ley y ante los tribunales, por lo que se propone que una vez emitida una sentencia firme, que encuentre a la persona migrante culpable de la comisión de un delito grave, la autoridad migratoria podrá negar la expedición, internación o permanencia de dicha persona y cancelar su residencia temporal o permanente, o poder deportar a la persona.

Asimismo, se propone la modificación de la fracción III del artículo 43, relativo a la autenticidad de los documentos o veracidad de los elementos aportados, pues la duda de la autoridad migratoria sobre de la autenticidad de un documento no determina su falsedad. En ese sentido, prevén que se debe aplicar la presunción de inocencia y aplicar la sanción señalada solo cuando la autoridad ha verificado la falsedad de los documentos o de los elementos aportados.

Es por ello, que desde la Comisión de Asuntos Migratorios sostenemos que la política migratoria de nuestro país debe de garantizar el respeto irrestricto de los derechos humanos para las personas migrantes, sin discriminación de tipo alguno y garantizar el derecho a la presunción de inocencia a todas las personas migrantes con independencia de su nacionalidad o su situación migratoria, motivo por el cual les pido su voto a favor de este dictamen a las y los diputados federales. Muchas gracias, presidenta, es cuanto.

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/mgEnA6gm4Ko


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Tus Diputados Morena
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#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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