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Cumplimos

Intervención en tribuna de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para fundamentar el dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios, y de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración y de la Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, en materia de infancia migrante.

29 septiembre, 2020 - Prensa

DIPUTADA JULIETA KRISTAL VENCES VALENCIA (JKVV). Gracias diputada presidenta. La niñez es la etapa en que todos los hombres son creadores. De Juana de Ibarbourou.

Honorable asamblea, cada año medio millón de indocumentados recorre el territorio mexicano a bordo de La Bestia, con la intención de poder llegar a los Estados Unidos. Dentro de esa cifra, un importante porcentaje está constituido por niñas, niños y adolescentes, a quienes la vida norteamericana les promete un mejor futuro.

Por desgracia, la llegada de las niñas, niños y adolescentes son sin la compañía de un adulto o un familiar, provocando que se encuentren en un grado mayor de vulnerabilidad, motivo por el cual el Estado mexicano debe actuar para poder proteger sus derechos y poner en el centro el interés superior de la niñez.

Ahora bien, definimos como niños, niñas y adolescentes a todas las personas mayores de 18 años de edad, tal como lo establece el principal instrumento internacional de protección de los derechos humanos de la infancia, la Convención Sobre los Derechos del Niño.

La categoría de niñez migrante corresponde a los niños, niñas y adolescentes que migran por diversos motivos, que muchas veces se conjugan entre sí. Estos motivos se cuentan, la reunificación familiar, la búsqueda de mujeres de mejores condiciones económicas, sociales o culturales, el escape a la pobreza extrema, la degradación ambiental, la violencia u otras formas de abuso y persecución, entre muchas otras.

Los niños y niñas migrantes se encuentran en una doble situación de vulnerabilidad. La combinación entre edad y condición migratoria demanda una protección específica y adecuada de sus derechos por parte del estado de origen, de tránsito, destino y retorno y de otros actores involucrados.

Si bien las niñas y los niños generalmente se trasladan junto a sus padres, miembros de la familia ampliada u otros adultos, por desgracia en la actualidad un número creciente y significativo migra en forma independiente y sin ninguna compañía.

Las medidas o ausencia de los gobiernos tienen repercusiones mucho más graves sobre la infancia que sobre cualquier otro grupo social. Prácticamente todas las esferas de acción política del gobierno, por ejemplo, la educación y la salud pública afectan a la infancia de alguna manera.

Las miradas que no tengan en cuenta a la infancia conllevan repercusiones negativas para el futuro de todos los miembros de la sociedad al generar políticas que no dan resultados.

Muchos cambios en la sociedad tienen repercusiones desproporcionadas y a menudo negativas, sobre todo en nuestras niñas y niños. La transformación de la estructura familiar, la globalización, el cambio en los modelos del empleo y una estructura de bienestar social cada vez más débil en muchos países, son elementos que repercuten sobre la infancia.

Las consecuencias de estos cambios pueden ser especialmente devastadoras en situaciones de conflicto armado y otras situaciones de emergencia.

Los costos para una sociedad que no es capaz de atender adecuadamente a sus niñas y niños son enormes. Las investigaciones sociales muestran que las primeras experiencias de nuestras niñas y niños influyen considerablemente sobre su desarrollo y, sobre todo, para su futuro.

El rumbo de su desarrollo determina su contribución a la sociedad a lo largo de sus vidas o el costo que puede representar. En este sentido quiero decirles que la Convención de Derechos del Niño establece los derechos que es preciso efectivizar para que los niños y las niñas desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono y los malos tratos.

Esto refleja una nueva visión sobre la infancia en la que los niños y las niñas no son considerados propiedad de sus familias ni objetos indefensos de la caridad. Son seres humanos y titulares de sus propios derechos.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Gobernación y Población, a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Migración y de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político en materia de infancia migrante, plantea el reconocimiento de la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes migrantes como una prioridad legislativa en nuestro país, razón por la cual nuestro marco jurídico nacional debe protegerlos.

Se observa que los modelos reconocidos en la materia han sido previstos en el ámbito internacional y son una realidad en el contexto del tema migratorio. Como Estado, con una migración de origen tránsito, retorno y destino, se trata de impulsar un marco normativo sustentado en lo dispuesto en el artículo 4o. constitucional, cuyo texto en su párrafo noveno dice que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos a los niños y las niñas, los cuales tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Este principio deberá guiarse en el diseño, ejecución y seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Se reconoce también que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y su Reglamento, definen un tratamiento jurídico sobre la infancia, con el propósito de proteger y garantizar sus derechos mediante el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, así como la Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

De tal manera, la aplicación de las disposiciones de la Ley de Migración y de la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en su conjunto, marcarán la pauta para la participación coordinada del Instituto Nacional de Migración y con el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en la atención y observancia de las recomendaciones internacionales relativas a la no privación de la libertad de menores por motivos migratorios, asumiendo que las determinaciones sobre la prevalencia del interés superior de la niñez, deben recaer en autoridad diversa que la migratoria.

Por lo anterior expuesto ante ustedes, solicito su apoyo, compañeras y compañeros, para votar a favor de este dictamen que les acabo de presentar. Es cuanto, diputada presidenta.

 

 

 

LINK PARA DESCARGAR VIDEO:
https://youtu.be/O2gvzXVxqC0


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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