LXV LEGISLATURA

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Cumplimos

INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DEL DIPUTADO SERGIO GUTIÉRREZ LUNA, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, PARA FUNDAMENTAR LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE INTERPRETA EL ALCANCE DEL CONCEPTO DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, CONTENIDO EN LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y EN LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO.

10 marzo, 2022 - Prensa Diputados Morena

DIPUTADO SERGIO GUTIÉRREZ LUNA (SGL). Gracias, presidenta.

El día de hoy estamos ante la presentación de una iniciativa de interpretación auténtica con fundamento en el artículo 72, F) de la Constitución, que permite que el Poder Legislativo interprete el sentido de sus disposiciones normativas de las leyes que emitió esta propia Cámara de Diputados y el Congreso.

Y el objeto de esta iniciativa es interpretar el alcance del concepto de propaganda gubernamental en primer término; en segundo término, el principio de imparcialidad; y en tercer término la aplicación de sanciones contenidas en artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

¿Qué pretendemos con esta iniciativa? Pretendemos dejar claro que la intención del legislador y del constituyente, a partir del artículo 134 y de las disposiciones en esta ley, respecto de la propaganda gubernamental tiene que ver con la utilización de recursos públicos; que en las vedas donde se prohíbe a los entes públicos hacer propaganda gubernamental, debe de ser entendida ésta en la utilización de recursos, en el ejercicio de recursos que tengan presupuestados para adquirir propaganda. Y que esta limitación no se extienda a las opiniones, manifestaciones o comentarios que realizan diversos servidores públicos, que en su calidad de ciudadanos tienen derecho a hacerlos.

Lo que estamos tratando de privilegiar con esto, es el derecho de la libertad de expresión y el derecho a la información. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la publicidad oficial que se equipara a la propaganda gubernamental o de comunicación social en nuestro régimen jurídico, debe de privilegiarse y las restricciones que tienen sólo son en el sentido de cuando se utilicen recursos públicos.

¿Cuál fue la intención del legislador al restringir el uso de recursos públicos?, justamente que no se abusara de esos recursos que son del pueblo, para hacer promoción, pero nunca, nunca, fue la intención que se coartara el derecho de libertad de expresión de las personas, para poder manifestar ideas y tampoco que se limitara el derecho información de los ciudadanos para recibir esas ideas, y que con base en eso formen su criterio.

La distorsión que han venido realizando los órganos electorales, donde cada vez restringen más la manifestación de ideas, ya sea de viva voz, en redes sociales o en entrevistas para los servidores públicos, ha venido llegando al absurdo.

Queremos dejar claro que estas restricciones que ha establecido el Tribunal Electoral, violentan el artículo 29 constitucional, porque está restringiendo garantías de derechos humanos que tenemos todas y todos los ciudadanos.

Queremos construir una democracia no restringiendo, sino permitiendo que la ciudadanía pueda discernir con base en lo que hablamos y en lo que se escucha, en el ambiente público y en el ambiente social. La inercia que traen los órganos electorales y los tribunales, viola el principio de progresividad del artículo primero constitucional; debemos de abonar a un estado, a un marco normativo, donde los derechos fundamentales sean progresivos y no restrictivos.

Esta interpretación, esta interpretación le da un sentido racional a la interacción humana en una sociedad democrática. Hablar, escuchar, discernir, no tiene por qué prohibirse por órganos electorales.

Y para darle mayor realce y solidez a esta pretensión de interpretación, es dable ver lo que resolvió la Suprema Corte en la acción de inconstitucionalidad, donde resolvió el análisis de la Ley Federal de Revocación de Mandato, y sobre esta dijo que deben de aplicarse en todo caso, cuando así sucedan, las sanciones que resulten exactamente aplicables al caso concreto y ese es otro aspecto que queremos destacar.

Se han venido aplicando sanciones por analogía e, incluso, previendo situaciones futuras con esto de la llamada tutela preventiva, que viola lo que ha dicho la Corte que viola la Constitución.

No sé si ustedes recuerden una película del año 2002 de Tom Cruise, se llamaba Minority Report, donde un ente del Estado adivinaba el futuro y preveía quién iba a cometer un homicidio, y antes de cometer el homicidio lo metían a la cárcel. Un poco en esa ruta ha estado avanzando el sistema electoral.

No podemos tener censuras previas, para nadie que quiere expresarse libremente en un estado democrático. Debemos de fortalecer el diálogo, la libre expresión de ideas respetando y no usando recursos públicos para pagar propaganda en veda, pero sí permitiendo que los ciudadanos puedan expresarse libremente.

Es cuanto. Muchas gracias, presidenta.


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TWEETS por @DiputadosMorena

Tus Diputados Morena
@DiputadosMorena
14 h

#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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