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Cumplimos

No puede haber remuneraciones excesivas para servidores públicos en un país pobre: Diputada Miroslava Carrillo

10 octubre, 2019 - Prensa

· Cámara de diputados aprueba en lo general y los artículos no reservados reforma para que servidores públicos no puedan percibir un salario mayor que el del Presidente de la República.

· La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, señaló que la reforma atiende a principios de austeridad y racionalidad del gasto.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y los artículos no reservados, con 318 votos a favor, reformas a los artículos 116 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de remuneración de servidores públicos, que plantean medidas para que ningún funcionario público gane más que el Presidente de la República.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Miroslava Carrillo Martínez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales señaló que las modificaciones atienden a los principios de austeridad y racionalidad en el gasto, tanto a los poderes tradicionales como a los que tienen alcance de autonomía.

Al precisar que no puede haber remuneraciones excesivas en un país pobre, Carrillo Martínez invitó desde la tribuna a apoyar este dictamen que plantea que ningún servidor público deberá percibir un salario mayor que el del Presidente de la República.

Además, consideró que esta reforma es una medida para avanzar en el cambio que necesita México, pues se ajusta a criterios de distribución y justicia.

“Es necesario hacer un esfuerzo de austeridad en México, para equilibrar las remuneraciones en un contexto económico nacional donde prevalece la pobreza y la desigualdad”.

La legisladora por Morena, expuso ante el pleno, que el artículo 127 es claro al mencionar que las remuneraciones de los servidores públicos en general deben ser adecuadas, irrenunciables y proporcionales a las responsabilidades de éstos, por lo que no deben rebasar el límite de la remuneración establecida para el Presidente de la República.

Además, subrayó que la propuesta se pondera un concepto amplio y flexible de servidor público que se instituye como personas de derecho público y se conjunta con los órganos autónomos, organismos autónomos y entes públicos.

Ante ello, detalló que se establece con precisión que sus alcances abarcan a toda persona de derecho público, así como a todo órgano u organismo a los que la propia Constitución y las leyes les otorguen autonomía.

Desde esta perspectiva, añadió que ningún ente o persona de derecho público, y ningún órgano u organismo autónomo, incluidos los dispuestos en la ley secundaria, escapan a las obligaciones emanadas de los artículos reformados en el 2009.

La diputada presidenta de la comisión dictaminadora, hizo mención que, de acuerdo al estudio del Centro de Estudios de Finanzas Públicas, no hay impacto presupuestal. Por el contrario, se generaría un ahorro sumamente importante de aprobarse este dictamen.


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