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Cumplimos

Aprueban Diputados en lo general y en lo particular dictamen que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio

25 julio, 2019 - Prensa

· La Extinción de Dominio permitirá combatir a la delincuencia a través del debilitamiento de su economía: Rocío Barrera

· Ahora, delincuentes de cuello blanco y redes delictivas no conservarán bienes acumulados de manera ilícita: Rubén Cayetano.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio; se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley de Concursos Mercantiles; y, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

“Esto va a facilitar al Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado tener mayor agilidad en las acciones que está haciendo, de tomar riquezas, joyas, casas, coches confiscados a la delincuencia o por actos de corrupción y que se destinen a zonas más necesitadas del país”, expresó el diputado Mario Delgado.

Abundó que la Ley de Extinción de Dominio va a permitir mayor agilidad y además le va a permitir al Presidente cumplir con su propuesta de entregar recursos provenientes de esta herramienta jurídica a las zonas más marginadas de la población.

En el marco del debate, los legisladores de Morena refrendaron su apoyo al dictamen el cual, señalaron, tiene el firme propósito de regular la extinción de dominio de bienes a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, a fin de atacar la estructura financiera del crimen organizado y que permita que todos los bienes decomisados puedan ser vendidos para que esos recursos sean usados en beneficio de las zonas de mayor marginación.

Desde tribuna, la diputada Rocío Barrera Badillo, presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, aseveró que la extinción de dominio es una figura ideada con el propósito de permitir al “Estado mexicano en su conjunto, a la Federación y a cada una de las entidades federativas, combatir el fenómeno delincuencial en uno de los aspectos que realmente conducen al debilitamiento del crimen organizado: su economía”.

La legisladora recalcó que esta normatividad permitirá al Estado “recuperar bienes y recursos de los que se hizo el hampa mediante algunos de los delitos que más daño infringen a nuestra sociedad: corrupción, delincuencia organizada, secuestro, huachicoleo, narcotráfico, trata de personas, encubrimiento, robo de vehículos, enriquecimiento ilícito, extorsión y delitos cometidos por servidores públicos”.

Barrera Badillo explicó que la extinción de dominio ha sido una figura subutilizada, en la que ya se habían identificado carencias, insuficiencias e imprecisiones, por ello, se promovió una reforma constitucional, que además de contemplar nuevos hechos delictivos por los que se podría iniciar la acción de extinción de dominio, unifica visiones y procedimientos.

Por su parte, el diputado Rubén Cayetano García sostuvo que con la aprobación del dictamen se da “un paso más para acabar con los lastres de la corrupción y la impunidad que tanto han lacerado a México”.

Cayetano García celebró la aprobación en lo general y los artículos no reservados, con 420 votos a favor, del dictamen que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio y modifica diversos ordenamientos, y dijo que “a partir de ahora los delincuentes de cuello blanco y de las redes delictivas no conservarán los bienes que acumularon de manera ilícita”.

Ahora, agregó, perderán todos los derechos sin contraprestación ni compensación alguna y los bienes pasarán al Estado y serán utilizados para restituir a la sociedad parte del bienestar perdido por la comisión de delitos.

En ese mismo sentido, Vicente Alberto Onofre Vázquez, diputado del Grupo Parlamentario de Morena, subrayó que con la aprobación del dictamen que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio se le quitará a los delincuentes y funcionarios corruptos el dinero y los bienes mal habidos, producto de los actos ilícitos que más lastiman a la sociedad.

Es claro, acotó, que los beneficios de la Ley Nacional de Extinción de Dominio Público son muy claros: se crea a una ley homogénea a nivel nacional, dota de herramientas eficientes a las autoridades para contrarrestar las actividades de la delincuencia organizada, establece procedimientos que respetan el debido proceso otorgando certeza jurídica a la ciudadanía.

Onofre Vázquez aseveró que se destinarán los recursos de procedencia ilícita a la reparación del daño causado a las víctimas del delito, así como a sus programas sociales, y se asegura la transparencia y rendición de cuentas por medio de un registro público donde serán inscritos los bienes, las demandas y las sentencias relativas a la extinción de dominio.

En tanto, la diputada por el estado de Chihuahua, María Esther Mejía Cruz, apuntó que “con estas modificaciones estamos precisando las hipótesis jurídicas de los bienes que pueden ser sujetos de extinción de dominio y también señalando expresamente a las autoridades que pueden participar en el procedimiento”.

La legisladora federal agrupó en seis supuestos jurídicos los propósitos de los bienes susceptibles de extinción de dominio: Primero. Bienes que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumento u objeto material de hechos ilícitos. Segundo. Bienes de procedencia lícita asociados material o jurídicamente con los de origen ilícito, pretendiendo con ello ocultarlos, lo que en la jerga se denomina lavado de dinero.

Tercero. Bienes cuyo titular no acredite su procedencia lícita. Cuarto. Bienes de origen lícito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes descritos en los tres supuestos anteriores: cuando no sea posible su localización, identificación, incautación, aseguramiento o aprehensión material.

Quinto. Bienes utilizados para la comisión de hechos ilícitos por un tercero. Si su dueño tuviera conocimiento de ello y no lo notificó a la autoridad por cualquier medio o tampoco hizo algo para impedirlo; y sexto. Bienes que constituyan ingresos, renta, productos, rendimientos, frutos, accesorios, ganancias y otros beneficios derivados de los bienes antes mencionados.

En la votación en lo particular de los artículos reservados, se emitieron 291 votos a favor, 114 en contra y 5 abstenciones para aprobarlos en sus términos sin modificaciones, por lo que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.


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