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Cumplimos

Diputada Maribel Aguilera busca que el Estado facilite pruebas de ADN en juicios de pensión alimenticia cuando se carezca de recursos económicos para aportarlas

5 septiembre, 2020 - Prensa

· La legisladora de Morena apuntó que el procedimiento muchas veces no está al alcance de la parte agraviada por ser de alto costo.

· La finalidad es garantizar el acceso a la justicia e implica salvaguardar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Con el fin de garantizar el acceso a la justicia y particularmente tratándose de salvaguardar el interés superior de las niñas, los niños y adolescentes, la diputada Maribel Aguilera Chairez propuso que en demandas de pensión alimenticia donde la parte actora no cuenta posibilidades económicas para costear los peritajes correspondientes, el Estado facilite los medios suficientes y necesarios.

En una iniciativa que presentó para reformar el artículo 382 del Código Civil Federal, la legisladora de Morena explicó que una de las causas por la que las madres solteras no pueden acceder a una pensión alimenticia para sus menores hijos por parte de su progenitor, responde a la falta de filiación o reconocimiento, de tal forma que los padres evaden toda responsabilidad, tanto de alimentos, atención y convivencia.

Además, subrayó que la filiación entre padres e hijos es un requisito para ejercer el derecho de los hijos a una pensión suficiente para su manutención, y ante la falta de reconocimiento voluntario por parte del supuesto padre, es necesario practicar una prueba pericial en materia de genética (ADN).

Sin embargo, dijo, es un procedimiento que muchas veces no está al alcance de la parte agraviada por ser de alto costo, cuyo importe debe cubrir como oferente de la prueba, y por esta razón se tiende a desistir y claudicar en el intento.

El texto que la diputada propone agregar al artículo 382 del Código Civil Federal sería: “Cuando quien intenta una acción de investigación de paternidad y carece de los medios económicos para llevar a cabo las pruebas y los peritajes respectivos, el Estado proporcionará los medios necesarios a través de peritos especializados en la materia autorizados por los Tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas a este código, así como de instituciones públicas de salud, de manera gratuita”.

La diputada Maribel Aguilera citó en su argumentación que la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en su Artículo 17 fracción 4 establece que los Estados parte deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de la disolución del mismo. En caso de disolución se adoptarán disposiciones que asegure la protección necesaria de los hijos sobre la base única del interés y conveniencia de ellos.

En este contexto, la diputada Aguilera Chairez consideró también que para atender al mandato constitucional consagrado en el artículo 17 que establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales es pertinente que el Estado garantice los peritajes y que la justicia no esté condicionada a la posibilidad económica, para que toda mujer pueda luchar por el derecho de sus hijos a recibir una pensión alimenticia, sin ninguna clase de obstáculo ni trabas en el procedimiento.

“Ningún procedimiento de prueba puede estar por encima de garantizar el acceso a la justicia de las personas, más aún en tratándose de salvaguardar el interés superior de las niñas, los niños y adolescentes”, afirmó la representante federal.


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