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Cumplimos

Plantea el diputado Raúl Eduardo Bonifaz sancionar agresiones contra fuerzas federales

27 septiembre, 2019 - Prensa

· Propuso modificar el Código Penal Federal y otras leyes.

· Refiere también la importancia de mantener respeto a las insignias nacionales que dan identidad a los mexicanos y castigar a quienes las vulneren.

Considerando que es deber de los legisladores proponer y aprobar leyes que protejan a las fuerzas federales respecto de hechos que atenten contra su vida, su integridad corporal y que éstas garanticen su ejercicio legítimo, el diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano propuso sancionar las agresiones que se comentan en su contra.

Derivado de lo anterior, suscribió una iniciativa donde planteó que cuando el bien de la vida y la integridad de los miembros de las instituciones de seguridad pública del Estado y de las Fuerzas Armadas se vulnere, exista la sanción pertinente en el Código Penal Federal, en armonización con la Ley de Seguridad Nacional y la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

A través de una iniciativa, el diputado de Morena propuso adicionar el artículo 302 y reforma el artículo 192 del Código Penal Federal; reformar la fracción IX y adicionar la fracción X del artículo 57, y reformar el artículo 61 de la Ley de Seguridad Nacional, así como adicionar el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Área Mexicanos, con lo que se busca que se sancionen agresiones como las que han sido exhibidas en videos durante el ejercicio de las tareas encomendadas.

Estos hechos también, expone el diputado, recuerdan que es necesario mantener el respeto a la bandera, el escudo y el himno nacionales, que representan los valores y la historia de los pueblos, los cuales van creando un sentido de pertenencia a la nación y contribuyen para consolidar la identidad mexicana. También se sanciona a quienes las vulneren.

Según información de la Secretaría de la Defensa Nacional, desde diciembre de 2018 a marzo de este año, el Ejército Mexicano ha sido atacado en 82 ocasiones por integrantes del crimen organizado, de estos hechos, resultaron lesionados 26 elementos y cuatro más perdieron la vida.

En su argumentación, también señala que la Comisión Nacional de Derechos Humanos mencionó en su informe de 2018 que un agravio importante es el de la violencia contra autoridades locales donde se destaca la fragilidad institucional en un contexto de violencia que no sólo atenta contra la propia integridad física de quienes ejercen algún cargo, sino que vulnera el desempeño de sus funciones.

El diputado por Chiapas, refiere también que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha movilizado a casi 63 mil militares, sin contar los 30 mil que están siendo habilitados para la Guardia Nacional.

En ese sentido puntualiza que es muy importante que las y los ciudadanos conozcan y valoren las instituciones que trabajan por su seguridad y respaldan el orden público e institucional, entre ellas, las Fuerzas Armadas.

Otro de los puntos de la propuesta, es que también sea posible desde el Poder Legislativo, dar seguimiento a las carpetas de investigación iniciadas bajo la comisión del mencionado delito a través de una comisión bicamaral. Lo anterior, mediante una reforma al artículo 57 de la Ley de Seguridad Nacional.

El artículo 302 que propone adicionar en el Código Penal Federal, establece que al que infiera lesiones que pongan en peligro la vida, la integridad corporal y el patrimonio de los miembros de las instituciones de seguridad pública del Estado, así como de la Fuerza Armada, se le aplicará por ese solo hecho, prisión de 1 a 3 años, salvo lo dispuesto por las leyes militares. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que contemplen las disposiciones de la Ley Nacional de Seguridad Nacional y la Ley de la Guardia Nacional.

Mientras que el artículo 192 del Código Penal Federal, plantea que quien haga uso indebido del escudo, bandera, himno nacionales e insignias militares, se le aplicará de dos a cinco años de prisión y multa equivalente a 30 unidades de actualización y medida.

Mientras que en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se propone adicionar el artículo 4, que establecería que cuando sean miembros activos de las instituciones de seguridad pública del Estado, así como de la fuerza armada, harán uso diferenciado de la fuerza y de las armas de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, cuando su vida y su integridad sean vulneradas durante el ejercicio de sus funciones y deberes.

Bonifaz Moedano recordó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal.


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#MorenaInforma Nuestro coordinador @mario_delgado1 informó que mañana se someterá a votación la integración de la Sección Instructora, la cual realizará la revisión y posible proceso de desafuero del diputado Cipriano Charrez

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